
Con el objetivo de promover el turismo y dinamizar la economía, el Ejecutivo declaró como días no laborables el lunes 2 de mayo, el viernes 24 de junio, el lunes 29 de agosto, el viernes 7 de octubre, el lunes 31 de octubre, el lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre del 2022.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, las horas dejadas de laborar durante estas fechas serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
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Asimismo, señala que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en esta norma, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.

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