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Economía

Osiptel: retoman prohibición y lucha frontal contra venta ambulatoria de chips móviles

Acciones del ente regulador no constituyen barreras burocráticas y tuvieron sustento normativo según la última instancia administrativa y técnica del Indecopi.

Sala especializada del Indecopi se pronuncia luego de que empresa de telecomunicaciones denunciara a Osiptel por presunta barrera burocrática. Foto: La República
Sala especializada del Indecopi se pronuncia luego de que empresa de telecomunicaciones denunciara a Osiptel por presunta barrera burocrática. Foto: La República

Según el presidente del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), Rafael Muente Schwarz, el comercio callejero de chips para teléfonos móviles serían erradicados ya que reiniciaron las acciones de fiscalización contra la venta en la vía pública de chips móviles en el territorio nacional.

Mediante comunicado de prensa Osiptel informó que se desestimaron los cuestionamientos a la entidad por parte de las empresas operadoras Claro, Entel y Bitel ante el Indecopi. Además, informaron que los operadores tienen la obligación de verificar la identidad de los usuarios en las oficinas o centros de atención de las operadoras al momento de la contratación del servicio público.

“Eso ha sido reconocido por la Sala Especializada, que nos ha dado la razón al determinar que las contrataciones en la vía pública no permiten cumplir ello, vulnerando el marco jurídico”, explicó Muente.

Mediante la resolución n.° 661-2021/SEL Indecopi declaró como infundada la denuncia presentada por Entel en contra del Osiptel al considerar que se tiene el sustento normativo en el artículo 11-D del Texto Único Ordenado de las Condiciones (TUO) de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

La misma sala también revocó y denegó una medida cautelar emitida en abril del presente año cuando se dispuso la abstención de Osiptel a aplicar a la empresa Bitel la prohibición de realizar la contratación digital de los servicios públicos móviles en la vía pública. Se alegó que las acciones en contra del comercio en la vía pública de chips en las calles sí tienen sustento normativo.

Ambas resoluciones se suman a la denuncia que cuestionaba la prohibición del Osiptel contra la venta en la vía pública de chips móviles de Claro que fue declarada infundada. Por lo que, teniendo estos antecedentes, Osiptel indica que sus acciones contra el comercio callejero del servicio móvil tienen fundamento. Finalmente, informaron que los pronunciamientos emitidos en última instancia administrativa por la sala son efectivos al día siguiente de su notificación a las partes generando precedentes administrativos sobre este tema.

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