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Economía

MEF establecería hoy los parámetros para la devolución de ONP

Plazos. Ejecutivo estaría afinando detalles para cumplir con la ley que ha sido cuestionada, mientras espera el fallo del Tribunal Constitucional.

En espera. Afiliados a la ONP a la expectativa de un cronograma para retirar hasta S/ 4.300 permitidos del fondo previsional público. Foto: Luis Jiménez/La República
En espera. Afiliados a la ONP a la expectativa de un cronograma para retirar hasta S/ 4.300 permitidos del fondo previsional público. Foto: Luis Jiménez/La República

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tiene hasta hoy para publicar el reglamento operativo para la devolución de los aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Ello, según lo dispuesto por la Ley 31083 que fue promulgada por insistencia el pasado 4 de diciembre por el Congreso de la República.

Fuentes bien informadas revelaron a La República que el MEF ya había estado elaborando el procedimiento operativo, por lo que se esperaría que se publique a más tardar en edición extraordinario del diario oficial El Peruano.

Y es que, a pesar de que la norma ha sido cuestionada por el Ejecutivo, al ser una ley promulgada se deberá acatar, según lo explicaron varios constitucionalistas.

Incluso la misma premier, Violeta Bermúdez, adelantó que iban a respetar la ley hasta que el Tribunal Constitucional resuelva la demanda en curso.

Los plazos

De acuerdo a la ley, los aportantes activos e inactivos estarán facultados de solicitar hasta S/ 4.300 (1 UIT) de sus aportes a la ONP.

En su momento, Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School, explicó que en el reglamento que publicará el Ejecutivo establecerá el cronograma a seguir para el registro de las solicitudes.

Asimismo, una vez el aportante haya solicitado la devolución, la ONP tendrá hasta 30 días hábiles para dar el visto bueno a la solicitud.

Posterior a ello, el organismo podrá tomarse hasta 30 días calendario como máximo para realizar la primera parte -que puede ser hasta el 50% de 1 UIT- del pago correspondiente, el cual, según Carrillo Acosta, se podrían desembolsar a mediados de marzo.

Vale precisar que el saldo restante se entrega luego de un plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer pago.

El costo fiscal aproximado de esta ley se encontraría en alrededor de S/ 16.000 millones, según los calculos que elaboró el Ministerio de Economía.

Proceso del Tribunal Constitucional en paralelo

Sin embargo, mientras transcurren los plazos que establece la ley para dar conformidad a los registros de las devoluciones, así como para realizar los desembolsos. En paralelo, el Ejecutivo se encuentra en la expectativa de lo que pueda resolver el Tribunal Constitucional (TC) frente a la demanda de inconstitucionalidad que interpuso a la mencionada norma.

Actualmente, corresponde al Parlamento responder la demanda. Para ello, tiene 30 días hábiles; no obstante, la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez, aseveró que no se tomarán todo el tiempo para enviar el oficio.

El procurador público especializado en materia constitucional, Luis Alberto Huerta, señaló en su momento que la sentencia de la demanda inconstitucional podría darse marzo si es que el TC le da prioridad al caso.

Pensionistas de la 20530 sin bono de S/ 930

Roberto Burneo, director general de asesoría jurídica de la ONP, informó que los jubilados de la Ley 20530 no recibirán el bono extraordinario de S/ 930 que se entregará a partir del 11 de enero, acatando la Ley 31083 que aprobó el Congreso.

Explicó que esto se debe a que los exaportantes de este régimen poseen pensiones por encima de la remuneración mínima vital.

Anotó que forman parte de este régimen alrededor unas 50 mil personas.

Precisó, además, que el costo fiscal del bono extraordinario asciende a S/ 527 millones.

El dato

Complicado. El director general de asesoría jurídica de la ONP, Roberto Burneo, dijo que la devolución sería una tarea complicada, ya que la recaudación no cubrirían los S/ 16.000 millones que se necesitan.

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