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Economía

Acuerdo de Escazú: ¿Por qué es importante para el Perú y por qué incomoda a la industria extractiva?

Expertos responden sobre la desinformación y mitos que se generan alrededor de este acuerdo. La Confiep persiste en señalar que este pacto regional atenta contra de “emprendimientos en minería, pesca y tala”.

Foto: Tomas Munita
Foto: Tomas Munita

Hace casi tres décadas, en 1992, se establecieron una serie de principios para que los ciudadanos puedan involucrarse en los procesos ambientales de una manera clara, accesible y ágil, esto, durante la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

Aquí nace el texto del Acuerdo de Escazú, palabra que proviene de la voz indígena Itzkatzu, que significa piedra de descanso, es decir, un lugar de descanso.

En tal sentido, este pacto indica los derechos fundamentales que un ciudadano debería poseer. Primero respecto al acceso a la información, en el que podría conocer el estado del medio ambiente y cómo un proyecto podría impactarlo.

Segundo, la participación pública, en donde la persona sería consultada y partícipe en la toma de decisiones que podrían afectar su entorno.

Y tercero, sobre la justicia en asuntos ambientales, en el que los ciudadanos podrían acudir a las instancias correspondientes para pedir reparaciones si se le impacta de manera adversa o si se los mantiene al margen en los procesos.

Ese acuerdo es particularmente urgente para ayudar a frenar los ataques contra líderes y comunidades que defienden el ambiente, para quienes América Latina es la región más peligrosa del mundo.

Un informe de la organización internacional Global Witness destaca que 212 personas defensoras de la tierra y el medio ambiente fueron asesinados durante el 2019.

Como en otros años, la minería fue el sector vinculado al mayor número de agresiones; en 2019 se le relaciona con los asesinatos de 50 defensores. También se documentó que 34 asesinatos fueron contra defensores que se oponían a la agricultura a gran escala. Otros de los sectores que denunciaron los defensores ambientales que fueron asesinados son la explotación forestal, la caza ilegal y la pesca.

Para que todo ello sea realidad, es necesario que más de 11 países de Latinoamérica firmen el acuerdo y lo ratifiquen. Sin embargo, a la fecha solo hay 9 países que han ratificado el acuerdo (Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y las Granadinas, y Uruguay).

Argentina, Colombia, Costa Rica, Perú y México se encuentran en proceso para su ratificación.

Hoy la presidenta de la Confiep, María Isabel León, solicitó al Congreso que no se ratifique el Acuerdo de Escazú, ya que este llevaría a una perdida de la soberanía del Perú al momento de decidir sobre su industria y desarrollo.

“Podrían vetar emprendimientos en minería, pesca y tala y dilatar el emprendimiento del país”, expresó a un medio local.

Según León, el Perú ya cuenta con normas de protección ambiental que ya incluyen todo lo dispuesto en el Acuerdo de Escazú. “¿Cuál sería la finalidad de darle una doble instancia a derechos ya resguardados?”, comentó.

Al respecto, la abogada Ana Leyva, responsable del Programa Derecho Colectivos y Gestión del Territorio de CooperAcción, reafirmó que el Acuerdo no dice nada específico sobre la Amazonía.

Y, según Leyva, hay ciertos actores vinculados a los intereses empresariales y conservadores del país, quienes han afirmado reiteradas veces sobre una supuesta pérdida de soberanía a fin de generar una corriente de rechazo hacia el Acuerdo de Escazú.

Además de los derechos mencionados párrafos arriba, la experta señala que el acuerdo también busca la creación y el fortalecimiento de las capacidades de la sociedad y el Estado para lograr la implementación de los mismos; así como la cooperación internacional de los Estados con ese propósito.

Se ha dicho que, con el Acuerdo de Escazú, el Perú se ve obligado a aceptar la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, que otros Estados podrían demandarnos por temas ambientales y que personas “anti-desarrollo” podrían llevar al Estado peruano ante esa Corte.

Leyva señala que si hubiera alguna diferencia entre las Partes (Estados, no personas) sobre temas relacionados a la implementación de estos derechos (algo que es muy difícil que ocurra), se resuelve por negociación entre los Estados concernidos y de la forma que les parezca más conveniente.

Si no hubiera acuerdo, los Estados podrían (no necesariamente) someterse a dos medios de solución de controversias: la Corte Internacional de Justicia o el arbitraje.

Para que esto pueda ocurrir, los Estados involucrados deben indicarlo expresamente por escrito. Si no quieren someterse a esos medios de solución, simplemente no lo señalan.

Agrega Leyva que se viene afirmando también que con este tratado se está reconociendo la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“El reconocimiento de la Jurisdicción de la Corte Interamericana para velar por los derechos de acceso ya existe desde que el Perú suscribió la Convención Americana de Derechos Humanos”, menciona.

Mónica Núñez Salas, profesora del Departamento Académico de Derecho de la UP comentó que el acuerdo no plantea una amenaza para las inversiones, sino que trata de impulsar una serie de derechos básicos que han sido dejados a medias.

Núñez recalcó que “una efectiva protección no termina con la suscripción del acuerdo, más bien esta nos ayuda a sentar estándares, pero se necesitará una implementación a detalle para garantizar estos derechos”.

Hoy la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso tendrá una última reunión para decidir acerca de la ratificación de dicho acuerdo.

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