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Economía

Teletrabajo: Confiep propone responsabilidades compartidas entre trabajador y empresa

Actualmente la ley del Teletrabajo en el país reconoce que un teletrabajador tiene los mismos derechos que cualquier empleado que labore en oficina.

Teletrabajo: Confiep propone responsabilidades compartidas entre trabajador y empresa
Teletrabajo: Confiep propone responsabilidades compartidas entre trabajador y empresa

Los beneficios del teletrabajo (trabajo a distancia) son conocidos porque ahorra tiempo en traslados a un trabajador y reduce importantes costos fijos a las empresas. Además - de acuerdo a la experiencia piloto de Indecopi - se ha comprobado que la productividad de la empresa aumenta en un 30%.

En Perú aún son pocas las empresas que se han animado a abrir puestos en la modalidad de teletrabajo. Esto, principalmente, porque habría aún desconocimiento sobre la existencia de la Ley 30036, que regula el teletrabajo en el país, según refirió en una entrevista pasada Dennis Charcape, coordinadora del módulo de Teletrabajo del Ministerio de Trabajo (MTPE).

Charcape e incluso especialistas en temas de recursos humanos de Manpower y PwC afirmaron a este medio que la ley es “buena” aunque deben existir ajustes para garantizar la salud y la seguridad a favor del teletrabajador.

En tanto, para la Confiep, las responsabilidades de seguridad y salud deben ser compartidas para generar flexibilidad, según indica en su Agenda País 2.0; cuando la ley actual contempla que un teletrabajador debe tener los mismos derechos que cualquier otro trabajador de la empresa.

“La normativa tergiversa el concepto del teletrabajo, ya que para esta modalidad laboral, la movilidad y la libertad del trabajador son fundamentales para operar desde cualquier ubicación y en cualquier horario. Por otro lado, la normativa establece que el empleador debe compensar la totalidad de los gastos incurridos cuando el teletrabajador aporta sus propios equipos. Una nueva normativa donde se flexibilicen o compartan responsabilidades reduciría la rigidez de contratación bajo esta modalidad”, indica el documento que el gremio presentó la semana pasada al Ministerio de Economía y Finanzas.

La propuesta

Según la Agenda País 2.0, se recomienda que el Ministerio de Trabajo por Decreto Supremo, y en el plazo de 12 meses, modifique el artículo 5 de la Ley N°30036, "determinando que la responsabilidad de seguridad y salud en el teletrabajo sea del trabajador”.

Además, modificar los artículos de la ley del teletrabajo relacionados a las reglas de uso y cuidado de los equipos, y su correspondiente responsabilidad por compensación de gastos.

Ambas propuestas permitirían, según la Confiep, adecuar las normativas laborales del teletrabajo a las necesidades de las empresas para fomentar la flexibilidad del empleo en el país.

Esta propuesta llega a poco tiempo de que el Gobierno “ajuste” la ley de Teletrabajo en el país, como está contemplado en el Plan Nacional de Competitividad y productividad.

Habla la Confiep

A través de un comunicado, la Confiep advirtió que se busca promover el teletrabajo y no el recorte de derechos laborales.

Explicó que la modificación que ellos plantean se refiere a las condiciones de seguridad y salud en el lugar donde el teletrabajador realizará su función.

“Si un trabajador labora a domicilio, este podría hacerse responsable solidario de las condiciones que le permitan tener un ambiente seguro y saludable para desempeñar sus funciones”, advierte en comunicado.

Una vez más, recalca que la propuesta busca “una norma en la que ambas partes compartan responsabilidades sobre las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo” lo cual “no involucra en absoluto los derechos laborales”.

“Agenda País 2.0 de Confiep afirma que esta modalidad de teletrabajo tendría un mayor impacto positivo en el bienestar económico”, cierra el gremio empresarial en comunicado.


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