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¿Cómo viajar con tu hijo si su mamá o papá no firma el permiso? Conoce esta alternativa legal

Descubre cómo gestionar legalmente el permiso para viajar con tu hijo cuando uno de los progenitores no está de acuerdo. Una guía completa sobre pasos, costos y alternativas.

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Conoce todos los requisitos que se necesitan para poder viajar con tu mejor hijo. Foto: composición LR/ Los Andes/ Andina

Viajar con menores puede convertirse en un desafío legal cuando uno de los progenitores no otorga su consentimiento. En estas situaciones, es crucial conocer las alternativas legales disponibles para garantizar los derechos del menor y cumplir con los requisitos de Migraciones. Este artículo ofrece una visión detallada sobre cómo gestionar la autorización notarial, los requisitos y qué hacer cuando un progenitor se niega a firmar el permiso.

Las regulaciones actuales exigen que ambos padres autoricen los viajes al extranjero o al interior del país de sus hijos menores de edad; sin embargo, existen procedimientos legales para obtener este permiso cuando uno de los padres se niega o está ausente. Este proceso garantiza la protección del menor, respetando al mismo tiempo los derechos de los padres.

Autorización notarial para viajes dentro y fuera del Perú

La autorización notarial es un documento certificado por un notario que permite a los menores viajar dentro o fuera del territorio peruano. Para viajes dentro del país, si el menor viaja solo, se requiere la firma de uno de los padres. Para viajes al extranjero, la autorización de ambos padres es necesaria, especialmente si el menor viaja solo o con un tercero. En caso de que uno de los padres esté ausente o haya fallecido, se deben presentar documentos que validen esta situación.

Conoce los documentos indispensables que debes presentar para poder viajar con tu menor hijo. Foto: Andina

Documentación requerida para la autorización notarial

Dentro del país

  • Partida de nacimiento original y actualizada del menor.
  • DNI del menor de edad.
  • DNI del padre o de la madre.
  • En caso de fallecimiento de uno de los padres o si el hijo está reconocido solo por uno de ellos, bastará el consentimiento del padre que sobreviva o de aquel que efectuó el reconocimiento (el permiso notarial debe haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente).

Fuera del país

  • Partida de nacimiento original y copia del menor de edad.
  • DNI/pasaporte del menor de edad.
  • DNI/pasaporte de los padres.
  • En el caso de padres extranjeros: el documento de identidad o pasaporte que lo identifique.
  • Cuando solo uno de sus padres ha reconocido al menor: basta con el consentimiento de este.
  • Cuando uno de los padres ha fallecido: copia del acta de defunción.
  • Si el menor tiene un apoderado: poder y otros documentos que lo acrediten como tal.
  • Si uno de los padres se encuentra en el extranjero: autorización de viaje consular y luego legalizarla en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Si el menor cuyo padre o madre está en el extranjero va a viajar con una tercera persona: autorización de viaje consular otorgada por el padre que está fuera del país, legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Autorización de Viaje Notarial del padre que permanece en el Perú (el padre que está en el Perú y viajará con el menor solo necesita la autorización de viaje consular legalizada para salir del país con su hijo).

Autorización judicial en casos especiales

Cuando uno de los padres está inubicable o se niega a otorgar el permiso, se puede solicitar una autorización judicial. Este procedimiento implica presentar una demanda ante el Juzgado de Familia y proporcionar pruebas como pasajes y reservas que demuestren el retorno del menor al país. En caso de que el padre esté en el extranjero, se puede intentar obtener un poder consular.

Para lograr esta autorización, es indispensable cumplir con ciertos requerimientos:

  • Se requiere tanto la partida de nacimiento original como una copia del menor. Si la partida de nacimiento es extranjera, debe estar traducida al español.
  • También es necesario presentar una copia del documento de identidad de la persona que solicita la autorización.
  • Pueden requerirse documentos adicionales, cuya necesidad variará según las particularidades de cada caso.

¿Cómo gestionarlo?

  • Abona la tasa judicial, que es de S/70,00 por cada menor, en un establecimiento del Banco de la Nación o en otras entidades financieras habilitadas.
  • El encargado del menor debe llevar la documentación requerida a la mesa de partes del Juzgado de Familia. En ese momento, se programará una entrevista, en la que tanto el solicitante como el menor deberán estar presentes para declarar.
  • Tras el análisis de los documentos y evidencias presentadas, el Juzgado de Familia podrá otorgar la autorización de viaje judicial.
  • La autorización se entregará con la sentencia y la firma del juez de familia. Es importante recordar que esta autorización es de un solo uso y debe ser presentada a las autoridades migratorias peruanas para facilitar la salida del menor del país.

En situaciones en las que el padre o madre del menor no pueda ser localizado, el Juzgado ordenará la notificación mediante edictos publicados en el portal del Poder Judicial, en periódicos y boletines oficiales, así como en el tablón de anuncios del juzgado. Por otra parte, el padre o madre ausente tendrá un plazo de 15 días para responder a los edictos si se encuentra en el país, o de 30 días si está fuera. Además, el Juzgado puede requerir a la oficina de Migraciones el historial migratorio del progenitor ausente.