Sociedad

Minedu: ¿cuál es el nuevo procedimiento para licencias, vacaciones y permisos de docentes?

La nueva normativa aprobada por el Minedu ahora incluye la licencia remunerada para realizar exámenes oncológicos preventivos anuales.

Los directores que tengan aulas u horas a cargo tendrán vacaciones de manera excepcional en enero o febrero.  Foto: Andina
Los directores que tengan aulas u horas a cargo tendrán vacaciones de manera excepcional en enero o febrero. Foto: Andina

El Ministerio de Educación (Minedu) emitió nuevos procedimientos para la solicitud de licencias, permisos y vacaciones para profesores de educación básica y técnico-productiva. Esta nueva disposición ahora también incluye la licencia remunerada para realizar exámenes oncológicos preventivos anuales.

La norma técnica “Disposiciones para el procedimiento de las licencias, permisos y vacaciones de los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial” fue aprobada a través de la Resolución Viceministerial N.° 081-2023-MINEDU.

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Minedu: ¿cómo pedir una licencia?

Existen quince tipos de licencias remuneradas y cuatro sin pagos. Para obtener una, el profesor debe presentar la solicitud al director de la institución educativa o a su jefe inmediato, quien remitirá el documento al encargado de recursos humanos.

Luego, la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) o la Dirección Regional de Educación (DRE) emitirá una resolución en un plazo máximo de cinco días.

¿Cómo solicitar permisos, según el Minedu?

A través del permiso, el director o jefe de inmediato entregará una papeleta para que el docente se ausente solo por unas horas de su centro de labores. De acuerdo con el caso, el profesional podrá presentar posteriormente el sustento de su solicitud. Los permisos por onomástico y por el Día del Maestro no están incluidos en esta categoría.

Estos son los pasos para pedir vacaciones

Los docentes del área de gestión pedagógica tienen derecho a 60 días calendarios anuales de vacaciones, entre los meses de enero y febrero, mientras que los que laboren en gestión institucional puede gozar de 30 días calendarios anuales, entre abril y noviembre. Los directores que tienen horas o aulas a cargo podrán acceder a vacaciones en enero o febrero de manera excepcional.

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