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Sociedad

DNI de persona fallecida seguirá activo si no se inscribe su defunción

En caso de que el centro de salud no haya podido registrar en línea el deceso, se debe realizar la inscripción en el Reniec.

A la fecha, la letalidad de COVID-19 en el país es de 3,4%. Foto: La República
A la fecha, la letalidad de COVID-19 en el país es de 3,4%. Foto: La República

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) recordó que mientras no se inscriba la defunción de una persona fallecida, su documento de identidad (DNI) seguirá activo.

La entidad informó que desde el 2020, cuando una muerte se produce en territorio nacional, el mismo Reniec inscribe automáticamente el deceso en los registros civiles y genera el acta de defunción con la información que los centros de salud registran en el Sistema Informático Nacional de Defunciones (Sinadef).

“En caso de que el centro de salud no haya podido registrar en línea el deceso, se debe realizar la inscripción en el Reniec”, se lee en el documento.

¿Cuáles son los requisitos para inscribir una defunción?

  • Certificado de defunción firmado y sellado por el médico. En caso no hubiese quien acredite el deceso, se aceptará la declaración jurada de la autoridad política, judicial o religiosa.
  • DNI original de la persona fallecida, en caso no hubiese, se debe firmar una declaración jurada por pérdida.
  • Recuerda que el trámite es gratuito.

Por otro lado, el Reniec indicó que en el caso de los peruanos que fallecen en el extranjero, se podrá inscribir al occiso en el Consulado Peruano del país donde falleció. Caso contrario, se debe inscribir el deceso en las oficinas del Reniec.

¿Cuáles son los requisitos para inscribir una defunción en el extranjero?

  • Partida de defunción original del país de fallecimiento debidamente apostillada y traducida, si tuviese en otro idioma.
  • DNI original de la persona fallecida, en caso no hubiese, se debe firmar una declaración jurada por pérdida.
  • Si el declarante es extranjero, se debe presentar original y copia simple del carné de extranjería, pasaporte o cédula de identidad.
  • El trámite es gratuito.

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