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Género

¿Por qué es grave la decisión del Poder Judicial al excluir a personas LGTBI+ como población vulnerable?

Pese a los asesinatos, violencia, discriminaciones que sufren las personas LGTBI+ y la falta de políticas públicas que aboguen por sus derechos, el Poder Judicial considera que no son una población vulnerable.

Por Diana Bueno y Gloria Purizaca

“No me siento protegida en este país. No me siento con ninguna garantía por parte del Estado”, expresa Yefri Peña, una mujer transgénero sobreviviente de dos intentos de asesinato en Ate Vitarte, cuyos casos son muestra clara de la violencia transfóbica en el Perú.

La primera tentativa de transfeminicidio ocurrió la madrugada del 28 de octubre de 2007. Eran las 3 a. m. y Yefri recién terminaba su jornada como promotora del Ministerio de Salud (Minsa), cuando, de un momento a otro, cinco sujetos decidieron atacarla con puñetazos y patadas por el simple hecho de ser quien es, por tener una identidad de género y orientación sexual diferente al sistema heteronormativo.

“Maricón, no deben existir homosexuales como tú”, fueron las punzantes palabras que escuchaba Yefri, mientras era agredida con todo el odio y la rabia, y cuyo fin era uno solo: matarla. Pero la tortura no quedó allí: sus atacantes sacaron una hoja de afeitar y le cortaron de arriba a abajo la mejilla izquierda.

Con las pocas fuerzas que le quedaban, y pese al pánico que la embargaba, escapó. Desesperada, Yefri se acercó a una tanqueta de la Policía Nacional del Perú (PNP) que encontró mientras huía, pero la única respuesta que consiguió de los efectivos policiales Henry Gamboa Huamán y José Ybias Altamirano fue: “soluciona tu problema en otro lado, no te vamos a ayudar”.

Al no encontrar protección, corrió a una cantina donde la persiguieron los cinco sujetos y la sacaron jalándola de los cabellos, la tiraron al suelo y le hicieron más de 20 cortes profundos en la espalda y le desfiguraron el rostro con picos rotos de botella. Luego de ese episodio, estuvo un mes en coma y ahora vive para contarlo.

Situación de las personas LGTBI en el Perú

Según el Informe Anual del Observatorio de Derechos Humanos LGBT, durante el año pasado se registraron cuatro asesinatos a mujeres transgénero; 14 a homosexuales; y dos a lesbianas. Es decir, se reportaron un total de 20 crímenes de odio contra las personas LGTBI+ en solo un año.

A esto se suma, la discriminación sistemática de la que son víctimas—170 casos de vulneración de derechos durante 2019, según el estudio citado, sin contar los que no fueron denunciados públicamente— y su exclusión en las políticas públicas del Estado.

Pese a todo esto, para el Consejo Ejecutivo, encargado de proponer la política general del Poder Judicial, las personas LGTBI+ no son vulnerables a causa de su orientación sexual, identidad y expresión de género.

Poder Judicial impide que personas LGTBIQ accedan a justicia especializada

El viernes 17 de julio, esta entidad suscribió el pacto internacional “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad” para que personas con riesgo de sufrir graves delitos en su contra puedan acceder a la justicia de manera especializada. La condición con la que firmaron: que se excluya a las personas LGTBI+ como personas vulnerables.

“Yo no soy nada para el Poder Judicial. Están negando mis derechos. El Poder Judicial se está burlando de esta población. Para ellos no existimos”, manifiesta Yefri Peña a La República con una gran indignación.

El presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, juez supremo José Luis Lecaros, indicó que está en contra de que las personas gays, lesbianas, transexuales, intersexuales, bisexuales y más se consideren población vulnerable porque “biológicamente solo es admisible la existencia del género masculino y femenino” y que “en condiciones normales, la orientación sexual solo puede ser de carácter heterosexual”.

Respuestas de organizaciones a la decisión del Poder Judicial

“Es una cachetada a lo que vivimos las personas LGTBI” declaró a este diario la directora de la ONG Más Igualdad, Alexandra Hernández, sobre esta decisión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

“Más allá de que múltiples instituciones internacionales han denunciado que esta población es vulnerable —como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU)— la razón principal es la discriminación, violencia y crímenes de odio que vivimos por nuestra orientación sexual e identidad de género”.

La sociedad peruana reconoce que estas dos categorías ponen a las personas LGTBI en situación de vulnerabilidad respecto a los heterosexuales. La II Encuesta Nacional de Derechos Humanos, encargada por el Ministerio de Justicia peruano, revela que el 71 % de peruanos considera que esta población es la más discriminada en el Perú.

“Eso significa una vulnerabilidad. En este caso, tu orientación e identidad te ponen en desventaja en una sociedad como en la que vivimos, totalmente estereotipada respecto a los roles de género”, señala.

De acuerdo a la especialista, la discriminación hace que estas personas puedan tener problemas de manera estructural en diferentes esferas, tales como en la educación, acceso a la salud, y, en este caso, en la justicia.

Por ello, concluye que esta decisión tiene dos efectos importantes. Uno es en el tratamiento de la justicia, pues estas reglas de Brasilia se encargan de brindar instrucciones a los operadores de justicia. “Les da una forma de hacer su política interna para trabajar con población vulnerable, en este caso excluyendo a los LGTB”.

También está el impacto social, ya que afirma que “el mensaje a la sociedad es el de darnos la espalda, el negar derechos y vulnerabilidad, cuando bisexuales, lesbianas, gays, transexuales y más sabemos y vivimos con ella, la cual limita nuestro proyecto de vida, el acceso a la salud y el reconocimiento de nuestra identidad”.

La Corte IDH declaró responsable a Perú por torturas y violación sexual a las personas LGBTI por el caso de Azul Rojas Marín, mujer trans agredida y abusada por agentes policiales. Este fallo se considera histórico porque se culpó por primera vez a un Estado por estos hechos.

En esta sentencia, la entidad internacional concluye que en la sociedad peruana persisten prejuicios en torno a este grupo, y además, ordenó al país adoptar un protocolo de investigación y administración de justicia durante los procesos penales para casos de personas LGBTI víctimas de violencia.

La Defensoría del Pueblo emitió un comunicado en el que afirma que esta decisión resulta “manifiestamente inconstitucional y supone un incumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos asumidas por el Estado peruano”. Igualmente, indica que las resoluciones emitidas por el PJ “contravienen gravemente” la obligación dispuesta por la Corte IDH.

En efecto, con esta medida se obstruye el acceso a la justicia sin discriminación al 8 % de la población peruana que se considera no heterosexual, según la encuesta citada. “Se está negando esta realidad que le cuesta la vida a muchas personas LGTB”, concluyó Hernández.

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