Castillo tras rechazo de JEE para investigarlo: Se abre paso a la justicia
El candidato de Perú Libre se pronunció tras conocer que el organismo electoral no admitió un proceso para excluirlo al no hallar hechos de infracción en su contra.
El aspirante a la presidencia por Perú Libre, Pedro Castillo, se refirió al rechazo del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 para investigarlo. Esto ocurrió luego de que se declare improcedente la denuncia en su contra por presuntas omisiones e información falsa en la Declaración Jurada de Hoja de Vida.
A través de sus redes sociales, Castillo, quien cuenta con el 41,5% de respaldo de la población, según la encuesta del IEP elaborada por La República, sostuvo que esta decisión “abre paso a la justicia y a la verdad”, y que “seguirá firme” en su campaña de cara a la segunda vuelta contra Keiko Fujimori de Fuerza Popular, quien tiene un 21,5% de apoyo de acuerdo a la mencionada encuesta.
“Cuando no hay nada que temer, y las patrañas no tienen sustento, siempre se abre paso a la justicia y verdad. Seguimos firmes para trabajar y forjar un Perú mejor, un Perú libre. Palabra de maestro”, escribió en su cuenta oficial de Twitter.
Pedro Castillo
El 21 de abril, se presentó un informe de fiscalización sobre presuntas omisiones e información falsa en la Hoja de Vida de Pedro Castillo, por lo que el documento tuvo que ser evaluado por el JEE.
En un primer momento, la autoridad electoral señaló que “la etapa de exclusión de candidatos por declaración Jurada de Hoja de Vida es hasta 30 días antes del día de las elecciones”. Es decir, solo se pudo retirar a los postulantes hasta el 12 de marzo.
Luego, indicó que “la omisión de consignar algún dato de la experiencia laboral no constituye, de acuerdo a las normas que rigen el proceso electoral, causal para excluir a algún candidato, pues debe distinguirse entre lo que es información incompleta de lo que puede llegar a constituir información falsa”.
El documento también sostiene que “ahora no resulta exigible que los candidatos registren la propiedad o titularidad de las participaciones o acciones” que tienen en una compañía.
Por consiguiente, la resolución del JEE Lima Centro 1 concluye que “no resulta exigible que el candidato deba haber registrado en su Hoja de Vida sus acciones que posee en la empresa Consorcio Chotano de Inversionistas Emprendedores JOP S.A.C”, por lo que resolvió declarar improcedente el inicio de una investigación contra el representante del partido del lápiz.
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