Economía

Peruanos pueden acceder a un título de propiedad si residen más de 10 años en un terreno, según Cofopri

Cofopri establece criterios específicos y plazos legales para formalizar terrenos ocupados de forma informal en distintas regiones del país.

Coforpi realiza visitas y verificaciones constantes en diferentes localidades del país. Foto: Andina/LR
Coforpi realiza visitas y verificaciones constantes en diferentes localidades del país. Foto: Andina/LR

El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) permiten a los ciudadanos regularizar su situación legal sobre los terrenos que ocupan. Esta entidad tiene como función principal otorgar títulos de propiedad a personas que han habitado de manera constante y pacífica un inmueble sin formalización previa, permitiendo así su inscripción oficial en los registros públicos del país.

La medida responde a una estrategia de largo plazo para brindar seguridad jurídica a los ocupantes de terrenos informales. Cofopri enfoca sus esfuerzos en identificar predios ocupados de forma no conflictiva durante un periodo prolongado, con el objetivo de verificar si cumplen con los criterios legales que les permitan adquirir legalmente la titularidad del inmueble. Esta intervención busca también integrar asentamientos humanos, centros poblados y comunidades tradicionales al marco legal vigente.

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¿Qué condiciones exige Cofopri para obtener un título de propiedad tras 10 años de ocupación?

Los ciudadanos interesados en acceder a un título de propiedad deben acreditar que han ocupado un terreno de forma pública, continua y pacífica durante al menos una década. Este tiempo de posesión debe ser validado mediante pruebas documentales, como recibos de servicios, declaraciones juradas, fotografías u otros medios que evidencien la permanencia del solicitante en el predio.

Además, Cofopri exige que no exista ningún proceso judicial en curso que dispute la posesión del terreno. La solicitud debe ser acompañada por un padrón que incluya al menos el 50% de los ciudadanos del asentamiento donde se ubica el lote, como parte del proceso de regularización bajo el esquema de prescripción adquisitiva de dominio. Este mecanismo es utilizado para formalizar predios de propiedad privada ocupados sin oposición legal durante el periodo requerido.

Restricciones legales que impone Cofopri tras entregar títulos gratuitos

Una vez otorgado el título de propiedad, Cofopri establece una restricción que impide a los beneficiarios transferir o vender el terreno por un plazo mínimo de cinco años. Esta condición, establecida en la Ley N.º 31056, busca evitar que los lotes formalizados sean utilizados con fines comerciales inmediatos, lo cual es una práctica común entre redes de tráfico de tierras.

Durante ese tiempo, cualquier intento de transferencia será considerado nulo, y Cofopri tiene la facultad de revertir la propiedad al Estado. Además, los títulos de propiedad gratuitos no serán otorgados a personas que ya figuren como titulares de otro inmueble en el país, conforme a la normativa vigente sobre regularización de posesiones informales.

Zonas donde Cofopri realiza empadronamientos para formalizar terrenos

Cofopri ha programado visitas técnicas y operativos de verificación en diversas localidades del país, enfocándose en 591 lotes ubicados en distritos como Chancay, Callao, Cieneguilla, El Agustino, Ate, Villa María del Triunfo, Punta Negra, Lurín, Pachacámac, Villa El Salvador, Santiago de Surco, Puente Piedra y Ancón. Estas intervenciones se extienden hasta finales de febrero, como parte de la etapa de empadronamiento para la formalización predial.

Durante estas jornadas, los equipos técnicos de Cofopri se encargan de recopilar información sobre la situación legal de los ocupantes, verificar la documentación presentada y validar el cumplimiento de los requisitos establecidos. Este trabajo se realiza con el objetivo de emitir títulos de propiedad de forma oportuna y adecuada, conforme a los lineamientos institucionales.

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