Estos beneficiarios del Fonavi no estarían incluidos en el Reintegro 3 para cobrar devolución de aportes en marzo de 2025

La devolución de aportes será gradual y requerirá cumplir ciertos requisitos, lo que dejará a algunos exafiliados sin la posibilidad de recuperar sus contribuciones previas.

Más de 186.000 exaportantes del Fonavi serán beneficiados a través del Reintegro 3. Foto: composición LR/Andina
Más de 186.000 exaportantes del Fonavi serán beneficiados a través del Reintegro 3. Foto: composición LR/Andina

En marzo de 2025 se llevará a cabo la devolución de aportes a más de 186.000 exaportantes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a través del programa Reintegro 3. Este proceso beneficiará principalmente a adultos mayores de 70 años que no han recibido compensaciones en listas anteriores.

Este padrón también incluye a los herederos de titulares que han fallecido y que, al 31 de marzo de este año, hayan alcanzado la edad de 90 años o más. Se estima que aproximadamente 30.000 beneficiarios se verán favorecidos por esta medida. No obstante, un grupo de exafiliados del Fonavi se verá imposibilitado de recuperar los aportes realizados hace años, dado que el proceso de reembolso se implementará de forma gradual y estará condicionado a una serie de requisitos que aún deben cumplirse.

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¿Quiénes serían los excluidos de la lista de Reintegro 3?

Luis Luzuriaga, presidente de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú), anunció la suspensión temporal del proceso para los herederos de fonavistas que no cumplan con los criterios mencionados anteriormente. Esta acción se debe a las restricciones impuestas por el Banco de la Nación, que solo tiene la capacidad de manejar hasta 1.200 solicitudes al mes. En la actualidad, existen 16.000 solicitudes acumuladas, lo que ha motivado esta decisión con el fin de prevenir un colapso en la atención al público.

A pesar de que se proyectaba alcanzar a 400.000 personas en esta etapa, el número real de beneficiarios se ha limitado a un 49%. Luzuriaga indicó que el monto a distribuir se definirá en función de los períodos y las contribuciones registradas, aunque todavía no se dispone de una cifra estimada para el pago máximo. Además, se subrayó que más de 60.000 familiares de fonavistas fallecidos aún no han presentado sus solicitudes para reclamar los derechos que les corresponden.

¿Cuál es el orden de prioridad entre los familiares de fonavistas fallecidos?

El orden de prelación establece las reglas que determinan qué familiares tienen prioridad para recibir los aportes del Fonavi tras el fallecimiento de un afiliado. De acuerdo con la información proporcionada por la Comisión Ad Hoc, la asignación de estos beneficios se lleva a cabo conforme a un esquema específico que establece la jerarquía entre los beneficiarios.

  1. Cónyuge o conviviente registrado en una unión de hecho.
  2. Hijos del fonavista fallecido.
  3. Padres del aportante.
  4. Hermanos del beneficiario.
  5. Otros herederos indicados en un testamento o sucesión intestada.

Si el reclamante se encuentra en una categoría inferior, el desembolso se efectuará únicamente en ausencia de herederos en categorías superiores. Esta estrategia busca evitar disputas y garantizar un proceso justo y eficaz.

Consulta en la página de la Secretaría Técnica del Fonavi si eres beneficiario

Los fonavistas tienen la posibilidad de comprobar su inclusión en las listas de beneficiarios a través del portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi. Para realizar esta verificación, es necesario seguir un conjunto de pasos específicos que simplifican la confirmación de su situación.

  1. Ingresar a la página oficial del Fonavi respecto a los fonavistas denominada "Pendientes de cobro, grupos de pago y reintegro".
  2. Seleccionar el tipo de documento (Documento Nacional de Identidad u otro permitido).
  3. Ingresar el número de documento y completar el código captcha.
  4. Hacer clic en “Consultar”.

Si el sistema confirma que el usuario es beneficiario, podrá dirigirse a la sucursal más cercana del Banco de la Nación. En este lugar, será necesario presentar el DNI para llevar a cabo el cobro correspondiente.

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