Economía

¡Atención turistas! Indecopi brinda guía para disfrutar Machu Picchu y otros destinos del Perú para cuidar tus derechos como consumidor

Durante el verano 2025, viajar a destinos peruanos como Machu Picchu se vuelve habitual, pero es esencial conocer los derechos como consumidor. Indecopi recuerda su guía de recomendaciones.

Indecopi recomienda a sus viajeros a Machu Picchu durante este verano. Foto: composición LR/Andina
Indecopi recomienda a sus viajeros a Machu Picchu durante este verano. Foto: composición LR/Andina

Durante la temporada de verano 2025, muchos deciden alistar sus maletas y viajar a diversos destinos en el Perú. Desde las calurosas pero refrescantes playas del norte hasta el emblemático Machu Picchu, cada destino ofrece una característica particular para todos los gustos. Sin embargo, es importante que cada viajero conozca bien los productos y servicios que vaya a consumir para proteger sus derechos de consumidor. Ante ello, Indecopi tiene sus propios consejos.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó a los peruanos su guía que brinda recomendaciones ante cualquier tipo de circunstancia que puedan enfrentar los viajeros, ya sean vuelos retrasados, productos registrados y transporte de personas. De esta forma, todos podrán disfrutar sus vacaciones en familia o con amigos sin preocupaciones.

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¿Qué consejos debo considerar si viajo a Machu Picchu, según Indecopi?

Los viajeros que planean visitar una de las siete maravillas del mundo deben prestar especial atención a la puntualidad de los horarios establecidos por las empresas de transporte, ya sea aéreo o terrestre, para evitar inconvenientes durante su recorrido. Cumplir con estos tiempos resulta esencial para disfrutar plenamente del destino y optimizar la experiencia del viaje.

En el caso de quienes se dirigen a Cusco, es importante considerar que gran parte de los traslados hacia las principales atracciones se realizan en tren. Por ello, se recomienda verificar que el servicio seleccionado ofrezca facilidades para adultos mayores, menores de edad, personas con discapacidad y mujeres embarazadas, garantizando así un transporte adecuado para todos los usuarios.

Indecopi: ¿qué derechos tienen los pasajeros en el transporte aéreo?

Indecopi recomienda que cada aeropuerto tiene la responsabilidad de hacer valer los derechos de cada uno de sus pasajeros. Por ello, al utilizar el transporte aéreo, toma en cuenta lo siguiente:

  1. Las aerolíneas deben atender tus consultas y disponer de un libro de reclamaciones.
  2. Tienes derecho a transferir o ceder tus boletos aéreos, siempre y cuando lo hagas con un mínimo de 24 horas de antelación. Además, solo aplica para vuelos nacionales.
  3. Las personas con discapacidad o necesidades especiales deben contar con facilidades durante el embarque y desembarque.
  4. Ante los contratiempos de los vuelos, tienes derecho a lo siguiente:
  5. Demora entre 2 a 3 horas con 59 minutos: refrigerio + llamada telefónica.
  6. Demora entre 4 a 5 horas con 59 minutos: refrigerio + llamada telefónica + alimentos.
  7. Demora de más de 6 horas: refrigerio + llamada telefónica + alimentos + compensación económica del 25% del valor del trayecto + hospedaje + transporte (desde y hacia el aeropuerto).
  8. Cancelación de vuelo: devolución del valor del vuelo ó sustitución de vuelo.

Los derechos de los pasajeros de transporte fluvial, según Indecopi

Los distritos con mayor afluencia de ríos, regularmente se transportan en botes, canoas o lanchas. Para ello, Indecopi recuerda que los pasajeros tienen los siguientes derechos ante vías fluviales, lacustres o marítimas:

  1. Información clara y completa: las rutas, frecuencias, itinerarios y el precio total deben incluir todos los impuestos, cargos y comisiones.
  2. Servicio formal: el transporte debe contar con un permiso de operación emitido por la autoridad nacional o regional correspondiente.
  3. Instalaciones accesibles: deben facilitar el embarque, desembarque y acceso a personas con discapacidad, gestantes y adultos mayores.
  4. Servicio seguro: las embarcaciones deben contar con chalecos salvavidas, extintores y botiquines de emergencia. Además, deben cumplir con las condiciones de seguridad establecidas por la Ley y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi), así como con las pólizas de seguros que cubran a los pasajeros y sus bienes.
  5. Postergación y endoso: los pasajeros tienen derecho a solicitar la devolución del dinero o la reprogramación del servicio con una anticipación mínima de 24 horas antes de la fecha programada, si el servicio no se brinda.

¿Qué derechos tengo como consumidor si me transporto en tierra?

Si decides viajar a través de tierra, las empresas proveedoras de servicios tienen que cumplir con los derechos del consumidor, así como los viajeros también deben hacer exigir sus propios derechos. A continuación, encontrarás el dictamen de Indecopi sobre el transporte terrestre:

  1. El proveedor está obligado a exhibir los precios y detallar los servicios que ofrece.
  2. En caso de no poder viajar, puedes transferir tu pasaje a otra persona o postergarlo con una anticipación mínima de 24 horas antes de la fecha y hora del viaje.
  3. Si llevas equipaje exige el ticket de tu equipaje, ya que este permitirá solicitar una compensación en caso de pérdida, deterioro o sustracción. Recordar que puedes llevar hasta 20 kilos sin ningún costo adicional.
  4. Durante el viaje, las empresas no deben recoger pasajeros en ruta ni en desfiles no autorizados. Tampoco pueden exceder los límites máximos de velocidad.
  5. En caso de accidente, la empresa debe activar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y auxiliar a los pasajeros, tripulación y terceros. Además, debe trasladar a los heridos al establecimiento médico más cercano y facilitar el transporte de familiares al lugar del incidente.
  6. Debe contar con asientos reservados, exclusivamente a personas con discapacidad, adultos mayores, madres gestantes o con bebés en brazos.
  7. Está estrictamente prohibida la discriminación de cualquier tipo. La exclusión de pasajeros solo es válida por razones de seguridad o tranquilidad justificadas.
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