Economía

SIS brinda hasta S/1.000 si tu familiar fallece: ¿cuáles son los requisitos y cómo acceder?

La prestación económica de sepelio del Seguro Integral de Salud (SIS) tiene la finalidad de contribuir con los gastos del servicio funerario. Si quieres solicitar este reembolso, revisa los requisitos y el procedimiento para acceder.

Para acceder al subsidio de sepelio del SIS, las personas acreditadas solo necesitan presentar su DNI o carné de extranjería en cualquier agencia del Banco de la Nación. Foto: composición LR/Andina
Para acceder al subsidio de sepelio del SIS, las personas acreditadas solo necesitan presentar su DNI o carné de extranjería en cualquier agencia del Banco de la Nación. Foto: composición LR/Andina

Con el propósito de ayudar a mitigar la carga económica que conlleva la pérdida de un familiar, el Seguro Integral de Salud (SIS) ofrece una prestación económica de Sepelio para cubrir los gastos del servicio funerario. Entre estos se encuentran el ataúd, la capilla ardiente, la mortaja, el derecho de cremación, el nicho, y el traslado del difunto.

A lo largo del año, el SIS ha publicado cuatro resoluciones jefaturales para el otorgamiento de este beneficio económico que oscila entre los S/350 y S/1.000, las cuales están registradas en el diario oficial El Peruano. Dichos dispositivos legales han actreditado a más de 32.000 personas, llegando a un monto que supera los S/31 millones.

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Subsidio de sepelio del SIS: ¿quiénes pueden acceder?

El Seguro Integral de Salud (SIS) ofrece una prestación económica destinada a cubrir los gastos de sepelio de los asegurados fallecidos. Este subsidio tiene un monto máximo de S/1.000, que se entrega a los familiares directos del asegurado para ayudar a solventar los costos funerarios y que puede variar dependiendo de los gastos incurridos. A continuación, revisa quiénes pueden acceder:

  • Las personas que hayan sido designadas como beneficiarios para recibir este subsidio durante la afiliación al SIS.
  • Los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercer grado de afinidad, en ausencia de un registrado oficialmente. En este caso, es necesario firmar el anexo 3 AQUÍ.
  • La persona que realizó el gasto de sepelio previa sustentación.
  • La madre o el padre del recién nacido fallecido o natimuerto.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la prestación del SIS?

Para que el Seguro Integral de Salud pueda reembolsarte los gastos de sepelio, es necesario que cumplas con los siguientes requisitos:

  • Llena y firma la solicitud de pago del subsidio por sepelio que debe ser firmada por el acreditado del fallecido.
  • Recibo original de los servicios funerarios, cancelado y a nombre del beneficiario.
  • Copia certificada de Acta de Defunción emitida por Reniec.
  • Declaración jurada detallando los gastos del sepelio.
  • En caso de cremación, adjunta la autorización correspondiente.
  • Si no fuiste previamente designado beneficiario, presenta el Anexo 3, con la declaración de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercer grado de afinidadAQUÍ.
  • Si los gastos se hicieron en zona rural: Declaración Jurada de Gastos por servicios hechos

Prestación económica de sepelio del SIS: ¿cómo acceder?

El beneficio de sepelio del SIS tiene como objetivo cubrir los gastos relacionados con el ataúd, la capilla ardiente, la mortaja, el traslado al cementerio o crematorio, y el nicho o el derecho de cremación. Los montos son S/350 por fallecimiento o natimuerto de más de 28 semanas de gestación y recién nacidos de hasta 28 días; S/700 para menores fallecidos de entre 29 días hasta menos de 12 años; y S/1.000 para asegurados fallecidos desde 12 años a más. A continuación, revisa cómo acceder a esta prestación económica:

  • Acude al centro de salud donde ocurrió el fallecimiento del asegurado dentro de los 60 días siguientes al día del deceso. También, puedes dirigirte al establecimiento más cercano a su lugar de residencia o al lugar donde se afilió.
  • Entrega la documentación necesaria para que el centro de salud pueda verificarla. En caso de que haya observaciones, estas serán registradas en el documento de cargo que se enviará al acreditado. Para ello, tendrás un plazo máximo de dos días hábiles para hacer las correcciones necesarias, y si este plazo se vence, se devolverá el expediente.
  • Verifica el estado de tu trámite a través de este LINK.
  • Dirígente al Banco de la Nación y solicita el reembolso. No olvides llevar tu DNI para poder retirar el dinero en cualquier agencia y cobrarlo dentro de un plazo de nueve meses a partir de la fecha de emisión.

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