Economía

Bono Arrendamiento: más de 600 familias de Lambayeque y Piura pueden acceder a este subsidio

El bono de S/500 se otorga a familias que sufrieron la pérdida de sus viviendas a causa de las lluvias y huaicos.

El bono de S/500 solo se otorga cuando la vivienda derrumbada se ubica en una zona declarada en emergencia. Foto: Ministerio de Vivienda
El bono de S/500 solo se otorga cuando la vivienda derrumbada se ubica en una zona declarada en emergencia. Foto: Ministerio de Vivienda

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) anunció dos nuevas convocatorias del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) en favor de 634 familias damnificadas por las lluvias en las regiones de Lambayeque y Piura.

A través de la Resolución Ministerial N° 527-2023-VIVIENDA, se precisa que la entrega del subsidio económico mensual de S/500, hasta por un periodo máximo de dos años, será para beneficiarios de los distritos de Pueblo Nuevo (7), Pítipo (50), Manuel Antonio Mesones Muro (14) e Incahuasi (107), de la provincia de Ferreñafe en Lambayeque.

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Asimismo, se otorgará el subsidio habitacional a familias de los distritos de Ayabaca (34), Frías (118), Jilili (108), Lagunas (34), Montero (99), Pacaipampa (14), Paimas (19), Sapillica (27) y Sicchez (3), de la provincia de Ayabaca, departamento de Piura, según refiere la Resolución Ministerial N°528 -2023-VIVIENDA.

¿Cómo puedo acceder al bono arrendamiento?

Las resoluciones indican que la relación de beneficiarios se publicarán el viernes 1 de diciembre, y los documentos deberán ser presentados en un plazo máximo de 20 días hábiles en el caso de Lambayeque y 60 días para el de Piura. De no presentar los documentos en el plazo señalado se perderá el derecho a acceder a este beneficio.

Las personas que se encuentren en las listas deben acercarse con sus documentos al local según la jurisdicción, y en los centros de atención al ciudadano (CAC) del ministerio, ubicados en Lambayeque y Piura, respectivamente.

Los propietarios de las viviendas deberán tener la solicitud de otorgamiento del BAE; declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable en el lugar de origen; contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público; de ser el caso, la declaración jurada de los suscriptores del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

Los formularios mencionados pueden descargarse desde el portal web del MVCS, a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3zht9xA

¿Dónde puedo cobrar el bono?

El bono de S/500 permitirá a las familias damnificadas alquilar un lugar donde vivir por un plazo de dos años. El cobro del dinero se puede realizar en las agencias del Banco de la Nación.

La primera fecha de pago será pública en las páginas web oficiales del FMV (www.mivivienda.com.pe) y del MVCS (www.gob.pe/vivienda); asimismo, el FMV comunicará dicha fecha a las Municipalidades de los distritos señalados.

Para mayor información sobre el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE), el Ministerio de Vivienda ha habilitado el WhatsApp 914-570724.

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