Economía

Indecopi: Sanción por retransmitir sin autorización el Mundial Qatar 2022 sería hasta de S/ 828.000

La entidad informó que la difusión sin autorización de los partidos, por medio de internet, cable o fibra óptica, es un delito contra los derechos de autor.

Solamente los titulares de los derechos de las grabaciones del Mundial de Fútbol Qatar 2022 pueden realizar, autorizar o prohibir su difusión. 
Foto: Indecopi
Solamente los titulares de los derechos de las grabaciones del Mundial de Fútbol Qatar 2022 pueden realizar, autorizar o prohibir su difusión. Foto: Indecopi

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) exhortó a los ciudadanos y empresas a no realizar actos de difusión en vivo o en diferido de los partidos por la Copa Mundial de la FIFA Qatar 2022 por medio de redes sociales, web, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo.

Esto representaría una infracción a la norma de derechos de autor y derechos conexos, precisó la Dirección de Derecho de Autor del Indecopi. Asimismo, el Decreto Legislativo 822 (Ley sobre el Derecho de Autor) establece que la multa para este tipo de delitos asciende a los S/ 828.000 (180 UIT).

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Cabe señalar que también constituye un delito la retransmisión no autorizada de los canales que difundan estos encuentros deportivos. En esa línea, según la normativa, solo los titulares de los derechos de las grabaciones audiovisuales y emisiones del Mundial de Fútbol Qatar 2022 pueden realizar, autorizar o prohibir su difusión.

Finalmente, el organismo regulador recordó que la retransmisión consiste en la remisión de una señal o de un programa recibido de otra fuente, efectuada por difusión inalámbrica (Internet) o mediante hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo.

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