Economía

Oficializan ley que declara de interés nacional producción e industrialización de berries

Hasta cuatro ministerios se harán cargo de coordinar con los gobiernos locales para impulsar la agroindustria de estos cultivos, sobre todo para las plantaciones de fresa, la frambuesa, la mora y el aguaymanto.

El arándano también pertenece a la familia de los berries y presenta altas perspectivas de crecimiento en el mercado internacional. Foto: difusión
El arándano también pertenece a la familia de los berries y presenta altas perspectivas de crecimiento en el mercado internacional. Foto: difusión

El poder Ejecutivo promulgó la Ley 31518, que declara de interés nacional la producción, exportación e industrialización de frutos del bosque (berries) en el Perú.

De acuerdo al documento, publicado esta mañana en el Diario El Peruano, se declara de interés nacional la formulación de políticas públicas focalizadas para fomentar el cultivo y la exportación de estos productos agroindustriales.

La norma pone especial énfasis en la fresa, la frambuesa, la mora y el aguaymanto, este último con un importante despegue para los productores locales en los últimos años.

“A fin de fomentar, a nivel nacional, la producción, exportación e industrialización de los frutos del bosque (berries), con especial énfasis en aquellos de menor desarrollo y atención, tales como la fresa, la frambuesa, la mora y el aguaymanto”, señala la Ley 31518.

Cabe precisar que el arándano es otro de los berries que ha colocado la oferta peruana entre los primeros anaqueles globales gracias a su alta difusión por parte del gobierno local y su demanda en China y Europa, sobre todo.

El poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), el Ministerio de la Producción (Produce), el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en coordinación con los gobiernos regionales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizan las coordinaciones y medidas necesarias para cumplir con el objeto de la presente ley.