Economía

Reinicio de actividades: Hoteles categorizados podrán solicitar su autorización desde el 11 de mayo

Reanudación tendrá restricciones. No funcionarán gimnasios, spas, bares, tiendas al interior del hotel, entre otros.

Foto referencial: Alberto Pereira.
Foto referencial: Alberto Pereira.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó los criterios de focalización territorial y la obligación de informar incidencias para los hoteles categorizados dentro de la reanudación de actividades en la fase 1.

Como señala la resolución ministerial, los hoteles categorizados tendrán que contar con el RUC, la licencia municipal de funcionamiento y certificado de clasificación y categorización vigente, ademas de tener con no menos de 6 trabajadores.

Para este reinicio de actividades, los hoteles categorizados deberán tener cumplir con los lineamientos para la vigilancia de salud de los trabajadores, el protocolo sectorial y tener su plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo, para su posterior registro en el Sistema Integrado para la COVID-19 (SICOVID-19).

Las solicitudes para el reinicio de operaciones se podrán hacer desde el lunes 11. Asimismo, la reanudación de cada hotel categorizado será al día siguiente d su registro en el SICOVID-19.

Restricciones

La resolución señala que en los hoteles categorizados no podrán funcionar los gimnasios, spas, masajes, bares, piscinas, servicios de peluquería, tiendas y galerías al interior del hotel, así como los salones de eventos. El servicio de atención en salón queda restringido a los huéspedes que pernocten en el hotel.

Asimismo, habrá un plazo de 30 días para que los hoteles que actualmente prestan servicios durante el estado de emergencia puedan adecuarse a la normativa: presentar un plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo y su registro en el SICOVID-19.