Economía

Muelle Sur: Ositrán revisará tarifas máximas de los servicios de DP World

Asimismo, la empresa concesionaria tendrá un plazo de 30 días para presentar su propuesta tarifaria.

DP World
DP World

Ositrán anunció que revisará de oficio las tarifas máximas aplicables a los servicios portuarios regulados que brinda DP World en el Muelle Sur, en el Callao, para el período agosto 2020 hasta el 17 de agosto de 2025.

Así lo estableció a través de una resolución el Consejo Directivo de Ositrán, donde también se definió que DP World Callao S.R.L, en un plazo de 30 días hábiles, presente su propuesta tarifaria, con una posibilidad de prorrogar el plazo.

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Según recordó el ente regulador, el Contrato de Concesión del Terminal Muelle Sur - firmado en 2010 - establece la obligación de revisar cada cinco años las tarifas máximas de los Servicios Estándar a la nave y a la carga que son regulados mediante el mecanismo regulatorio RPI-X, a partir del quinto año desde el inicio de Explotación del Terminal Muelle Sur con dos Amarraderos.

Para ello, Ositrán llevó un análisis de las condiciones de competencia de los mercados en los cuales viene operado DP World, como Concesionario del Terminal Muelle Sur. Al respecto, el análisis de condiciones de competencia indica que DP World opera en cuatro mercados relevantes, concluyó que:

1. En cuanto al servicio a la nave, en este mercado relevante en el cual operan dos proveedores de servicios portuarios (DP World en el Terminal Muelle Sur y APM Terminals Callao S.A. en el Terminal Norte Multipropósito) no existen condiciones de competencia debido principalmente a que la existencia de restricciones de capacidad en el Terminal Norte Multipropósito restringe de manera significativa la posibilidad de cambio de un usuario del Terminal Muelle Sur hacia el Terminal Norte Multipropósito.

2. Con respecto al Servicio Estándar a la Carga en Contenedores (llenos) su servicio relevante está definido por el Servicio Estándar a la Carga en contenedores y el conjunto de servicios portuarios (manipuleo, transferencia, uso de muelle y estiba/desestiba), toda vez que, por la naturaleza del contenedor, las operaciones de embarque y descarga solo pueden ser brindados en los terminales portuarios. Por su parte, el mercado geográfico relevante está conformado por Lima Metropolitana y las regiones del Callao, Lima, Ica, Ancash, La Libertad, Junín, Pasco, Ayacucho, Cusco y Arequipa. En dicho mercado relevante se ha evidenciado que no existe condiciones de competencia toda vez que factores como la oportunidad o momento en el que se presta el servicio y el bajo o nulo poder de negociación que tienen los consignatarios de la carga frente a los concesionarios genera que estos últimos no tengan incentivos por competir por los dueños de la carga lo cual se materializa en mayor incremento en sus tarifas respecto a los incrementos en las tarifas de los servicios a la nave.

3. En cuanto al servicio de transbordo para contenedores, el mercado del servicio relevante queda determinado por un servicio empaquetado compuesto por el Servicio Estándar a la Nave y Servicio de Transbordo toda vez que dicho servicio es demandado directamente por las líneas navieras. El mercado geográfico relevante es el Terminal Portuario del Callao, principalmente, por su ubicación estratégica, equidistante a los terminales ubicados en el norte y sur de la Costa Oeste de Sudamérica. Finalmente, condiciones estructurales de mercado, principalmente relacionadas con la existencia de restricciones de capacidad generan que los operadores del Terminal Muelle Sur y del Terminal Norte Multipropósito no compitan por las líneas navieras.

4. El Servicio Estándar a la Carga de Contenedores Vacíos tiene como mercado relevante al paquete de servicios conformado por el Servicio Estándar a la Nave y Servicio Estándar a la Carga de Contenedores Vacíos en el Terminal Portuario del Callao. Este servicio al igual que los otros donde el demandante es la línea naviera no se presta en condiciones de competencia toda vez que las condiciones estructurales de mercado como la existencia de restricciones de capacidad también afecta el servicio.

“El estudio llevado a cabo por este Regulador indica que no existen condiciones de competencia en los mercados en los cuales viene operado DP World, como concesionario del Terminal Muelle Sur. Por ello, corresponde continuar con el régimen de regulación tarifaria aplicable a los servicios regulados que se brindan en el Terminal Muelle Sur”, señala el Ositrán en dicha resolución.

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