Osiptel: Trámite de validación de portabilidad numérica se podrá realizar por mensajes de texto
Conoce las nuevas modificaciones al Texto Único del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil.
Desde el 2014 está vigente en Perú la posibilidad de cambiarse de operador móvil - como Claro, Movistar, Bitel, Entel u otros -, llamado también migración o portabilidad numérica.
Desde esa fecha, varios cambios al Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija y el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, se han realizado. En esa línea, otras modificaciones se han aprobado este martes.
PUEDES VER: Negociación colectiva en el sector público: Decreto de urgencia se publicará este miércoles
En ese sentido, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - Osiptel, aprobó este martes una resolución que hace algunas precisiones respecto a cómo se realizará la portabilidad numérica que apruebe el usuario. Según establece, el cambio de operador podrá realizarse vía mensaje de texto.
Solicitud de portabilidad
El usuario podrá solicitar la portabilidad a través de cualquiera de los mecanismos utilizados para la contratación del servicio público móvil o del servicio de telefonía fija, según corresponda. En cualquier caso: La identidad del abonado solicitante debe ser validada por su operador de conformidad con lo establecido por las Condiciones de Uso para los procesos de contratación, y para el caso de la solicitud de portabilidad del servicio público móvil, el nuevo operador debe obtener la confirmación del consentimiento expreso del abonado de portar su número telefónico.
Para tal efecto:
1. El nuevo operador que se elija envía un mensaje de texto (SMS) únicamente al número telefónico que desea portar el abonado, de acuerdo al siguiente formato: “Para continuar con su solicitud de portabilidad de este número a (nombre comercial de la empresa), indique el Código de Validación #### en los próximos 90 segundos”
3. El usuario hace entrega del Código de Validación al personal de atención del nuevo operador (concesionario receptor), como señal de confirmación de su consentimiento expreso de portar su número telefónico.
4. El personal de atención del Concesionario Receptor introduce el código en el sistema de la empresa y solo luego de que dicho sistema valide el código puede continuar el proceso de portabilidad. Cabe indicar que el código tiene una vigencia limitada de noventa (90) segundos, contados desde su envío, luego de lo cual pierde validez; en cuyo caso el Concesionario Receptor puede generar un nuevo código para reiniciar la validación.
Al respecto, estará prohibido que en ningún caso el sistema implementado por el Concesionario Receptor para el cumplimiento de lo dispuesto, permita que su personal de atención obtenga el código remitido al abonado, sin que este se lo haya otorgado.
En el caso de personas jurídicas y/o clientes especiales, en la solicitud de portabilidad puede requerirse la portabilidad de varios números telefónicos a un solo Concesionario Receptor. En todos los casos, corresponde la validación de identidad del abonado o representante legal – según corresponda-, conforme a lo indicado en las Condiciones de Uso.
El Concesionario Receptor debe entregar al abonado una constancia de la solicitud de portabilidad presentada, pudiendo ser ésta una copia de la solicitud suscrita u otra constancia que permita al abonado acreditar la respectiva presentación.”
Multa a operadoras que incumplan
Entre las modificaciones, Osiptel también señala que las operadoras cuyos clientes han optado por migrar a otro operador, deben entregar los mensajes de texto enviados por el nuevo concesionario en un plazo máximo de 20 segundos.
“El Concesionario Cedente (es decir, el operador que se deja) no debe manipular, retrasar o retener los mensajes de texto que envía el Concesionario Receptor al abonado que desea portar su número telefónico”, señala el Artículo 8 - A del Reglamento, que ha sido incluido en el anexo de infracciones.