Economía

Farmacias que no cumplan con venta de medicamentos genéricos tendrán multas diferenciadas

Luego de la marcha blanca, las pequeñas boticas y farmacias serán multadas a partir de marzo del 2020 con hasta 4.200 soles, mientras que las grandes cadenas con hasta 8.400 soles.

Farmacias que no cumplan con venta de medicamentos genéricos tendrán multas diferenciadas
Farmacias que no cumplan con venta de medicamentos genéricos tendrán multas diferenciadas

Hoy se publicó el reglamento de la ley que declara a los medicamentos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad.

Esta ley exige de manera obligatoria la disponibilidad de 31 medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional (DCI), en 44 presentaciones en total, aprobados por el Minsa en todas las boticas y farmacias privadas del país.

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Al respecto, se iniciará con un periodo de marcha blanca de 3 meses, aproximadamente hasta febrero del otro año, para que los establecimientos farmacéuticos se adecúen a la norma y puedan abastecerse correctamente. Este periodo de fiscalización orientadora por parte del Minsa no será sancionador.

“Pero a partir del cuarto mes (marzo 2020) comenzará a regir las multas escalonadas y diferenciadoras de acuerdo al tamaño de las boticas y farmacias”, señaló el decano del Colegio Químico Farmacéutico Departamental de Lima, Javier Llamoza.

Es así que por no demostrar la disponibilidad de los 31 medicamentos esenciales genéricos en DCI de la lista del Minsa o no demostrar la venta de estos, en la primera inspección solo recibirán una amonestación; es decir, una llamada de atención.

Sin embargo, a partir de la segunda inspección comienzan a regir las multas monetarias.

Para las pequeñas boticas y farmacias catalogadas como Remypes, se les impondrá una multa de 0.25 UIT (1.050 soles), 0.5 UIT (2.100 soles) y 1 UIT (4.200 soles) por el incumplimiento en la segunda, tercera y cuarta inspección.

Mientras que a las grandes boticas y farmacias se les impondrá multas de 1 UIT en la segunda inspección y 2 UIT a partir de la tercera inspección.

“Cabe recordar que todas las boticas y farmacias deben tener disponibles los 31 medicamentos genéricos de la lista del Minsa. Sin embargo las remypes podrán seleccionar el 80% de las 44 presentaciones establecidas", explicó Llamoza.

Remypes

La presidenta de la Asociación Peruana de Farmacias (Aspefar), Ana María Jimenez, señaló que 10.000 de las 15.500 boticas independientes en el país no están inscritas al Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), el cual es requisito indispensable para acogerse a la diferenciación de sanciones y stock obligatorio.

“En el periodo de marcha blanca, aparte de la asesoría del Minsa para el correcto abastecimiento, nosotros como asociación daremos charlas a las boticas independientes para que se inscriban en el Remype, ya que el proceso es rápido y lo pueden hacer de manera virtual en el portal del Ministerio de Trabajo", detalló Jimenez.

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