Economía

ONP: Trabajadores pueden pedir devoluciones de aportes pagados indebidamente

El Tribunal Fiscal estableció un precedente. Conoce en qué casos puedes acceder a dichas devoluciones.

ONP: Trabajadores pueden pedir devoluciones de aportes pagados indebidamente
ONP: Trabajadores pueden pedir devoluciones de aportes pagados indebidamente

Cuando un trabajador no hace fiel seguimiento de sus aportes al sistema de pensiones puede llevarse muchas sorpresas. Una de ellas, que la empresa para la que trabaja hace depósitos equivocados o quizá en excesos.

Si es su situación, sepa que ahora podrá solicitar la devolución de dichos aportes indebidos. Así quedó establecido tras un precedente emitido por el Tribunal Fiscal, según informó la Agencia Andina.

Cabe indicar que tanto el trabajador como el empleador están legitimados o habilitados para solicitar la devolución de sumas previamente retenidas indebidamente y/o en exceso y entregadas a la Sunat por aportes al Sistema Nacional de Pensiones (ONP).

Casos para la devolución

El Tribunal Fiscal establece que el empleador podrá solicitar la devolución de aportaciones a la ONP cuando:

1.- El empleador ha declarado y entregado a la Sunat sumas de dinero sin que efectivamente haya realizado alguna retención a sus trabajadores (no encontrándose el trabajador legitimado a solicitar tal devolución).

2.- El empleador ha retenido correctamente, pero haya declarado y entregado al fisco una suma en exceso (no encontrándose el trabajador legitimado a solicitar tal devolución).

3.- El empleador ha retenido indebidamente o en exceso al trabajador, entregando dicha retención indebida o en exceso al fisco.

En este último escenario el trabajador si podrá solicitar la devolución, pues todo contribuyente que hubiese abonado al fisco una suma que por ley no le correspondía, tiene derecho a solicitar su devolución dentro del plazo de prescripción, aunque quien hubiera realizado efectivamente el pago hubiese sido el agente de retención, por cuanto aquél es titular del derecho de crédito derivado del pago indebido o en exceso.

Sin perjuicio de ello, si el empleador solicitó y obtuvo la devolución antes que el trabajador, no procederá que se devuelva nuevamente dicha suma, esta vez, al trabajador, por lo que este deberá dirigirse al empleador para solicitar la restitución que le corresponde.

Por último, en caso de que tanto el empleador como el trabajador inicien procedimientos de devolución en forma paralela, la Administración deberá verificar la información a fin de determinar la legitimidad antes de proceder con la devolución.