Descubre quiénes tienen derecho al bono pensional de Colpensiones y cómo acceder a él en 2025: ¿qué es lo que necesitas para tener tu pensión?
Conoce los requisitos y condiciones para acceder al bono pensional de Colpensiones en 2025, una alternativa para asegurar tu pensión si no cumples las semanas o edad requeridas.

El bono pensional de Colpensiones se ha convertido en una opción clave para muchos colombianos que, por diversas razones, no alcanzan a cumplir con los requisitos para acceder a una pensión de vejez. Esta medida busca reconocer los esfuerzos de aquellos que han realizado aportes al sistema pensional, pero no han logrado completar las 1.300 semanas necesarias para acceder a la pensión en el régimen de prima media de Colpensiones
A continuación, te explicamos quiénes tienen derecho a este beneficio, cómo calcular su valor y los requisitos para acceder a este bono pensional que promete garantizar un futuro más seguro a los colombianos.
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¿Quiénes tienen derecho al bono pensional de Colpensiones?
El bono pensional está dirigido principalmente a aquellos trabajadores que han realizado aportes al Sistema General de Pensiones en el régimen de prima media con Colpensiones, pero que no han cumplido con los requisitos de edad ni las 1.300 semanas necesarias para obtener la pensión de vejez.
Entre las principales condiciones que deben cumplir los afiliados para acceder al bono pensional se encuentran:
- Afiliados con entre 500 y 1.300 semanas cotizadas:
Si un trabajador ha aportado durante varios años, pero no alcanza el mínimo de semanas exigidas, puede acceder al bono pensional como compensación por sus contribuciones al sistema. - Afiliados que no cumplen con los requisitos de edad o semanas:
Si bien la edad mínima para acceder a una pensión de vejez es de 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres, algunos trabajadores no alcanzan las semanas necesarias. En estos casos, el bono pensional actúa como una opción para resguardar sus aportes. - Tras la pérdida de la pensión:
En situaciones en las que un trabajador no pueda seguir en el sistema o haya sido desvinculado, el bono pensional garantiza que sus aportes sean reconocidos, permitiéndole la opción de acceder a una pensión en el futuro.
¿Cómo se calcula el valor del bono pensional?
El monto del bono pensional de Colpensiones se determina con base en la cantidad de semanas cotizadas y el promedio de los salarios sobre los que se realizaron los aportes. Este valor, proporcional al tiempo trabajado, es calculado con una fórmula establecida por la Ley 100 de 1993 y actualizada con los ajustes pertinentes a lo largo del tiempo.
Aunque no hay una cifra fija, los trabajadores que hayan cotizado más semanas y realizado aportes más altos verán un bono pensional de mayor valor. Es importante resaltar que el bono no se entrega en efectivo, sino que se convierte en un capital pensional que el afiliado puede transferir a su fondo de pensiones o usar para completar las semanas requeridas para obtener una pensión de vejez.
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Requisitos para acceder al bono pensional de Colpensiones en 2025
Para que una persona sea beneficiaria del bono pensional de Colpensiones, debe cumplir con los siguientes requisitos clave:
- Tiempo de cotización: Se requiere haber cotizado un mínimo de 150 semanas, equivalente a unos tres años de trabajo, en entidades reconocidas por Colpensiones.
- Trayectoria laboral: El afiliado debe haber trabajado en entidades que realicen aportes al sistema pensional.
- Servicio militar: En algunos casos, si el trabajador ha prestado servicio militar, este tiempo se puede contabilizar para el cálculo de su bono pensional.
- Requisitos de edad: Para recibir la pensión, los hombres deben haber cotizado 1.300 semanas y tener al menos 62 años, mientras que las mujeres deben tener 1.000 semanas cotizadas y cumplir con los 57 años de edad.
Tipos de bonos pensionales y cómo afectan tu pensión
Existen diferentes tipos de bonos pensionales, los cuales varían según el régimen o entidad a la que se haya transferido el trabajador. Los principales tipos son:
- Bono tipo A: Se expide a quienes se trasladan al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, según los decretos 1299 de 1994, 1748 de 1995 y 3798 de 2003.
- Bono tipo B: Para servidores públicos que se trasladan al Instituto de Seguros Sociales (ISS), en o después de la entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones, reglamentados por los decretos 1314 de 1994, 1748 de 1995 y 3798 de 2003.
- Bono tipo C: Para personas que se trasladan al Fondo de Previsión del Congreso después del 31 de marzo de 1994, reglamentados por el Decreto 816 del 2002.
- Bono tipo E: Para quienes se trasladan a ECOPETROL después del 31 de marzo de 1994, según el Decreto 876 de 1998.



















