Elecciones en Ecuador 2023: ¿cuáles son las multas por no asistir como miembro de mesa?
El CNE realizó un sorteo aleatorio para seleccionar a los miembros de las JRV. ¿Conoces las multas por no cumplir con este rol?

Ecuador se prepara para las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) del 5 de febrero. A través de un sorteo público, aleatorio y simultáneo en las 24 delegaciones provinciales electorales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) seleccionó a un total de 279.244 miembros de Juntas Receptoras del Voto (JRV).
¿Cómo consultar si fuiste seleccionado como miembro de mesa?
Para averiguar esta información dirígete a la página web cne.gob.ec y realiza los siguientes pasos:
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- Escribe tu número de cédula y tu fecha de nacimiento.
- Clic en consulta.
- Se abrirá una ventana informando si has sido seleccionado o seleccionada como miembro para las próximas elecciones 2023.
Recuerda que también puedes entrar a la app del CNE.
¿Cuándo serán las capacitaciones para los miembros de las JRV?
Las capacitaciones son obligatorias y se realizarán desde el 8 de noviembre del 2022 hasta el 5 de febrero del 2023, mediante las 24 delegaciones provinciales.
¿Cuáles son las sanciones por faltar como miembro de mesa?
En caso de que los ciudadanos elegidos como miembros de las Juntas Receptoras del Voto no cumplan con su rol el 5 de febrero o no asistan a las capacitaciones obligatorias, deberán presentar sus justificaciones en las delegaciones provinciales. Aquí el listado de las sanciones económicas:
| Por no asistir a capacitarse (multa del 10% del salario básico unificado) | US$ 42,50 |
| Por no asistir a sufragar (multa del 10% del SBU) | US$ 42,50 |
| Por no cumplir como miembro de la Junta Receptora del Voto (multa del 15% del SBU) | US$ 63,75 |
| Por abandonar funciones como miembro de la Junta Receptora del Voto (multa de 10 a 20 salarios básicos) | De US$ 4.250 a US$ 8.500 |
¿Qué puede o no hacer un miembro de mesa?
De acuerdo al Consejo Nacional Electoral, los integrantes de las Juntas Receptoras del Voto no deben:
- Ausentarse injustificadamente de la junta receptora del voto antes de haber concluido el escrutinio.
- Interferir o impedir el desarrollo de las actividades de los servidores de la función electoral.
- Demorar de manera injustificada el escrutinio y no suscribir los documentos electorales pertinentes.
- Inducir el voto a favor de determinada preferencia electoral.
- Alterar o desaparecer documentos electorales, que provoquen la nulidad de la votación y del escrutinio.
- Incurrir en actos de violencia política y de género.
- Destruir los documentos electorales de manera intencional.
- Rechazar el voto de los miembros de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional de Ecuador en servicio activo que porten la cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad consular y credencial de votación entregada por el Consejo Nacional Electoral.
- Efectuar cualquier acto u omisión respecto a sus deberes, atribuciones obligaciones y responsabilidades, que dificulten el normal desenvolvimiento del proceso electoral.
- Realizar declaraciones sobre los resultados electorales.

Ecuador Elecciones 2023: ¿Cuáles son las multas por no asistir como miembro de mesa?
¿Cómo están conformadas las Juntas Receptoras del Voto?
Con respecto a todo Ecuador, las Juntas Receptoras del Voto estarán conformadas por:
- Tres vocales principales.
- Tres vocales suplentes.
- Un secretario.


















