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Sociedad

Inscripción para la Evaluación Docente 2024: revisa el cronograma para el ascenso de escala, vía Minedu

El concurso de Ascenso Docente en Perú permite a los profesores avanzar en su carrera profesional y aumentar su salario a través de la obtención de diferentes categorías o escalas dentro del sistema educativo.

Docentes deberán superar la Prueba Nacional para obtener una escala magisterial. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República/Andina

El Ministerio de Educación, conocido como Minedu ha anunciado de manera oficial la aprobación de la norma técnica que regula el concurso público para el ascenso de escala de los docentes de educación básica regular, todo ello en el contexto de la carrera pública magisterial.

Esta medida busca fortalecer y promover el desarrollo profesional de los educadores, garantizando así la calidad educativa en el país. Es un paso importante en el reconocimiento y valoración del trabajo de los docentes, quienes desempeñan un rol fundamental en la formación de las futuras generaciones.

La norma técnica del Minedu recién publicada aún no ha fijado una fecha exacta para el inicio de la inscripción en el proceso de ascenso de escala docente. Foto: Instituto Peruano de Economía

La resolución viceministerial N. ° 077-2024-MINEDU, publicada este lunes 8 de julio en el diario oficial El Peruano, dispone que la norma técnica sea anexada en el portal principal del Ministerio de Educación para que todos los docentes interesados puedan acceder a este documento. Conoce los requisitos necesarios para el concurso de escala docente de este año.

¿Cuándo es la inscripción para el ascenso de escala magisterial 2024?

La norma técnica del Minedu recién publicada aún no ha fijado una fecha exacta para el inicio de la inscripción en el proceso de ascenso de escala docente. Sin embargo, se ha establecido la organización del concurso, que se llevará a cabo mediante las siguientes actividades:

1. Convocatoria y cronograma.
2. Inscripción de postulantes al concurso.
3. Verificación y actualización del grupo de inscripción y/o escala por parte de las DRE o UGEL, si es necesario.
4. Publicación de postulantes que solicitaron verificación y actualización del grupo de inscripción y/o escala magisterial, si es necesario.
5. Confirmación de datos de postulación por parte del postulante.
6. Etapa Nacional:

  • 6.1 Publicación de locales de evaluación.
  • 6.2 Aplicación de la Prueba Nacional.
  • 6.3 Publicación de resultados preliminares de la Prueba Nacional.
  • 6.4 Presentación y resolución de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Nacional.
  • 6.5 Publicación de resultados finales de la Prueba Nacional.

7. Conformación, organización y funcionamiento del Comité de Evaluación.
8. Etapa Descentralizada:

  • 8.1 Actualización del legajo personal ante la DRE o UGEL.
  • 8.2 Solicitud del informe escalafonario al Área de Escalafón de la DRE o UGEL.
  • 8.3 Acreditación del derecho a recibir la bonificación por discapacidad.
  • 8.4 Verificación del cumplimiento de los requisitos, causales de retiro, derecho a recibir bonificación por discapacidad y valoración de la trayectoria profesional.
  • 8.5 Publicación de resultados preliminares de la Etapa Descentralizada.
  • 8.6 Presentación de reclamos por parte del postulante, resolución de reclamos por parte del Comité de Evaluación y emisión de actas de resultados finales.
  • 8.7 Publicación de resultados finales de la Etapa Descentralizada.

9. Asignación de vacantes de ascenso y publicación de ganadores:

  • 9.1 Publicación de vacantes de ascenso.
  • 9.2 Asignación regular de vacantes de ascenso.
  • 9.3 Publicación de ganadores de la asignación regular de vacantes de ascenso.
  • 9.4 Asignación excepcional de vacantes de ascenso.
  • 9.5 Publicación de ganadores de la asignación excepcional de vacantes de ascenso.

10. Emisión de resoluciones.

Los maestros podrán ascender en las escalas magisteriales a través de la prueba. Foto: LR

Requisitos para postular al concurso de escala docente

Permanencia mínima en la escala magisterial: refiere al tiempo de servicios prestados por el profesor. El postulante debe tener la cantidad mínima de años de servicios oficiales en la escala magisterial hasta la fecha de inicio del concurso. Conoce la cantidad mínima de años por escala magisterial en la siguiente lista:

  • Primera escala magisterial: 2 años
  • Segunda escala magisterial: 2 años
  • Tercera escala magisterial. 3 años
  • Cuarta escala magisterial: 3 años
  • Quinta escala magisterial: 3 años
  • Sexta escala magisterial: 3 años
  • Séptima escala magisterial: 4 años

Contar con idoneidad ética y profesional: los docentes deberán completar una formulación donde se declare no tener condenas por delitos contra la libertad sexual, corrupción, tráfico de drogas, terrorismo, entre otras infracciones penales. Además, los maestros no deben tener condenas por delitos dolosos (hurto, extorsión, entre otros).

¿Qué es el concurso de escala docente?

El concurso de Ascenso Docente en Perú se refiere al proceso mediante el cual los profesores pueden avanzar en su carrera profesional y aumentar su salario a través de la obtención de diferentes categorías o escalas dentro del sistema educativo. Este proceso está regulado por el Minedu y evalúa criterios como la formación continua, la experiencia docente, la participación en actividades educativas, y la obtención de grados académicos.

Los docentes que logran ascender obtienen beneficios como incrementos salariales y mejoras en sus condiciones laborales, incentivando así el desarrollo profesional dentro del sector educativo peruano.

¿Cuántos años debe pasar para ascender de escala magisterial?

El Minedu estableció que los docentes deben contar como mínimo con tres años de servicios oficiales en la primera escala magisterial de la CPM de la Ley de Reforma Ministerial, a la fecha del inicio de la etapa de acreditación de requisitos. Es importante precisar que, se toman en cuenta los servicios oficiales realizados por el profesor con nombramiento en la Carrera Pública Magisterial.

No se contabiliza el tiempo trabajado como interino o contratado, ni el correspondiente a los períodos de licencias sin goce de remuneraciones, suspensión o separación temporal debido a medidas disciplinarias.

Sueldos para docentes según escala magisterial

  • Primera: Jornada 30 horas: S/3.100; Jornada 40 horas: S/4.134
  • Segunda: Jornada 30 horas: S/3.410; Jornada 40 horas: S/4.547
  • Tercera: Jornada 30 horas: S/3.720; Jornada 40 horas: S/4.960
  • Cuarta: Jornada 30 horas: S/4.030; Jornada 40 horas: S/5.374
  • Quinta: Jornada 30 horas: S/4.650; Jornada 40 horas: S/6.201
  • Sexta: Jornada 30 horas: S/5.425,88; Jornada 40 horas: S/7.234
  • Séptima: Jornada 30 horas: S/5.890; Jornada 40 horas: S/7.854
  • Octava: Jornada 30 horas: S/6.511; Jornada 40 horas: S/8.681
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