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Política

Pedro Castillo: ¿realmente una acción de amparo puede anular su vacancia presidencial?

El 23 de junio, el Poder Judicial evaluará un amparo que busca anular la vacancia presidencial contra Pedro Castillo tras su fallido intento de golpe de Estado. Expertos analizan las posibilidades de éxito del recurso presentado por el hoy encarcelado en el penal de Barbadillo

Pedro Castillo
Castillo Terrones argumenta una vulneración al debido proceso y derecho de defensa en su proceso de vacancia presidencial. Foto: diseño de Jazmín Ceras/La República

A pesar de las dos prisiones preventivas que lo mantienen aislado en el penal de Barbadillo, el exmandatario Pedro Castillo Terrones no pierde la esperanza de regresar a Palacio de Gobierno. Su equipo legal, que ha experimentado varios cambios con más de una docena de abogados, presentó una acción de amparo con el objetivo de anular su destitución presidencial mediante la vía judicial.

Los abogados de Castillo Terrones argumentan una presunta vulneración al debido proceso por parte del Congreso de la República, poder del Estado que aprobó la vacancia presidencial el último 7 de diciembre de 2022. También se señala una afectación al derecho a la defensa en perjuicio del exmandatario, quien no acudió al Pleno a defenderse minutos antes de la votación.

Sobre estos argumentos, el abogado constitucionalista y experto en derecho parlamentario Alejandro Rospigliosi —en diálogo con La República— explicó que no existió una vulneración al debido proceso ni al derecho a la defensa porque se trató de un caso excepcional: “Una situación normal requiere una respuesta normal, una situación excepcional requiere una respuesta excepcional. Y eso fue lo que pasó, el señor (Castillo) disolvió el Congreso y estos se reunieron rápidamente para votar su vacancia. ¿Qué otra opción había? ¿Esperar que se concrete la disolución del Congreso para que nadie lo vaque? Es un absurdo que se espere a que concrete la disolución del Congreso para que no haya quien lo vaque”.

Aunque con pocas posibilidades de éxito, el abogado penalista Andy Carrión explica que toda decisión emitida por los órganos gubernamentales —como el Congreso de la Republica— “están sujetos al control judicial”. Aunque advirtió que este mecanismo también encuentra sus limitaciones.

“Dudo que esto proceda (que el PJ falle a favor de Castillo). Si bien es cierto, él puede peticionar todo en base a su derecho a la defensa, pero no habría la suficiente base legal para promover, a raíz de la decisión de un juez, la restitución de un presidente de la República”, declaró a este medio.

Por otro lado, Rospigliosi señala que el PJ ya expresó su lectura sobre la vacancia presidencial y es que esta fue bien realizada. Así lo expresó el juez supremo Juan Carlos Checkley frente a una tutela de derechos presentada por la defensa del exjefe de Estado: “Los recursos que ha presentado no han prosperado porque él, como jefe supremo de las Fuerzas Armadas, ordenó intervenir el Poder Judicial, el Ministerio Público y cerrar el Congreso; otra cosa es que no le hicieran caso”.

TC ya sentó postura sobre intromisión judicial en decisiones del Congreso

En diálogo con La República, Carrión expresa que el Tribunal Constitucional sentó una postura respecto al tema de la intromisión del Poder Judicial en actos propios del Congreso de la República. Para esta institución es un tema zanjado, dado que en —en febrero del 2023— el TC declaró fundada la demanda competencial planteada por el Parlamento contra el PJ, la cual le dio la razón para continuar con la elección del nuevo defensor del Pueblo y anuló las resoluciones emitidas que paralizaban el proceso.

“Esa decisión del Tribunal Constitucional limita la acción del Poder Judicial frente a este tipo de recurso como la acción de amparo”, comenta.

Finalmente, en caso de que el Poder Judicial falle a favor de Pedro Castillo, el Congreso de la República podría —a través de su procurador— impugnar la decisión en primera instancia y eventualmente podría llegar al Tribunal Constitucional por la naturaleza del recurso.

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