No solo el Tribunal Constitucional, sino también el Poder Judicial rechazaron una medida cautelar presentada por la defensa de Patricia Benavides, a fin de que le anulen la investigación y suspensión que emitió la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para el cargo de fiscal de la Nación.
Patricia Benavides viene emprendiendo una serie de iniciativas para anular indagaciones que mantiene la JNJ en su cntra por presuntamente liderar una organización criminal en el Ministerio Público y por la remoción de fiscales en el caso de su hermana Enma Benavides.
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Patricia Benavides es investigada por presuntamente integrar una organización criminal. Foto: Congreso
El último 2 de febrero, el Tribunal Constitucional rechazó un recurso del Ministerio Público para suspender las investigaciones contra Benavides por la remoción de fiscales.
La Fiscalía de la Nación sostiene que las resoluciones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que ordenaban indagaciones preliminares contra Benavides Vargas, infringían el artículo 158 de la Constitución, que garantiza la autonomía de la entidad para tomar decisiones en áreas administrativas, entre otras.
En esa línea, refiere que "la JNJ ha iniciado tales investigaciones preliminares, no por el ejercicio de la competencia en sí, sino atendiendo al modo" de que Patricia Benavides ejerció.
En respuesta, el TC concluyó: "No se aprecia, a nivel cautelar, que la actuación plasmada en las resoluciones cuestionadas exceda el marco constitucional y legal de las competencias de la JNJ".
Sobre ello, señala: "La no suspensión cautelar de las resoluciones cuestionadas, por razones de orden estrictamente competencial, pueda generar efectos perjudiciales irreversibles o conllevar un estado de cosas que afecte las competencias del Ministerio Público de manera permanente".
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El mismo 2 de febrero, el Poder Judicial también rechazó una medida cautelar presentada por Patricia Benavides, quien buscaba anular su suspensión como fiscal de la Nación decretada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Si bien el 18 de enero el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia, a cargo de John Paredes Salas, ya había rechazado un recurso de Benavides; esta vez volvió a hacer lo mismo y destacó que el Tribunal Constitucional (TC) establece como requisito clave para una medida cautelar la demostración de verosimilitud, es decir, la evidencia de que existe un derecho que debe ser protegido a través del proceso principal.
De esta manera, el juzgado recordó que el caso principal de esta medida cautelar fue declarada como improcedente el último 16 de enero porque no había agotado la vía previa ante la misma JNJ.
“De ello, se concluye que lo solicitado por el accionante no cumple con el requisito de verosimilitud en el derecho invocado de todo pedido cautelar, en consecuencia, corresponde declarar su improcedencia sin necesidad de evaluar los demás requisitos en tanto que los mismos deben ser concurrentes”, se lee en la resolución del juez John Paredes Salas.
Patricia Benavides, la ex fiscal de la Nación, enfrenta investigaciones por presuntamente haber cometido siete delitos durante su gestión. Estos delitos incluyen organización criminal, tráfico de influencias, cohecho pasivo específico, cohecho activo específico, encubrimiento personal y real, y falsedad ideológica. La Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, liderada por la fiscal suprema Delia Espinoza, ha iniciado una investigación preliminar en su contra.
Además, se le acusa de liderar una red criminal y de pactar con congresistas para obtener apoyo político a través de sus votos, lo que involucraba el archivamiento de investigaciones en curso y otros favores políticos, con el objetivo de influir en decisiones clave dentro del sistema judicial y legislativo del país.