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Política

JEE inicia procedimiento sancionador que podría excluir a José Williams por omitir sentencia en su hoja de vida

El organismo electoral detectó que el candidato presidencial de Avanza País no declaró en su Declaración Jurada de Hoja de Vida una sentencia penal firme por homicidio calificado.

JEE inicia procedimiento sancionador que podría excluir a José Williams por omitir sentencia en su hoja de vida
JEE inicia procedimiento sancionador que podría excluir a José Williams por omitir sentencia en su hoja de vida | Composición LR | Composición LR

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició un procedimiento sancionador contra el candidato presidencial José Daniel Williams Zapata, de Avanza País, tras advertir la presunta omisión de información relevante en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), presentada por su postulación a las elecciones generales 2026.

"Disponer el inicio del procedimiento sancionador contra don José Daniel Williams Zapata, candidato presidencial por la circunscripción electoral nacional, presentada por la organización política Avanza País – Partido de Integración Social, por presuntamente haber omitido registrar en su DJHV, porque se encontraría inmerso en la causal de exclusión prevista en Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2026", se lee en la parte resolutiva.

Jurado Electoral Especial.

De acuerdo con el documento, la fiscalización de hojas de vida detectó que Williams no consignó una sentencia penal firme por el delito de homicidio calificado (asesinato).

El informe sustenta esta decisión en una comunicación oficial del Poder Judicial que señala que el candidato Williams registra antecedentes penales por una sentencia emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de Lima. Según dicha información, la condena se encontraría en ejecución, lo que no solo podría ser una omisión sancionable, sino que también podría constituir una causal de exclusión de la contienda electoral.

La normativa electoral es clara. La omisión de sentencias por delitos dolosos en la hoja de vida no admite forma de subsanación ni corrección posterior y tiene como consecuencia directa el retiro o exclusión del candidato, sin aplicación de multas u otras sanciones alternativas. En ese sentido, el procedimiento sancionador abierto por el JEE tiene como único desenlace posible la exclusión, siempre que se confirme la infracción.

Además, el JEE señala que ahora el personero de Avanza País cuenta con un plazo máximo de un día calendario para presentar sus descargos correspondientes. Luego del plazo, el organismo podrá pronunciarse sobre la existencia o no de la infracción, incluso sin que el partido no llega a presentar sus descargos.

Avanza País presenta descargos ante el JEE

El partido Avanza País presentó sus descargos ante el JEE luego de que se iniciara un procedimiento sancionador contra su candidato José Williams, a quien se le cuestiona por no haber consignado información relevante en su Declaración Jurada de Hoja de Vida. Con este escrito, la agrupación busca frenar la posible sanción que podría afectar su participación en el proceso electoral del 12 de abril.

En el documento, Avanza País sostiene que no hubo intención de ocultar información y que el caso no encaja en las causales de exclusión previstas por la ley electoral. Además, pide al JEE evaluar la situación con criterios de razonabilidad y respetar el derecho del candidato a continuar en carrera, mientras el órgano electoral analiza los descargos antes de emitir una decisión final.

¿De qué trata la sentencia que José Williams no declaró?

De acuerdo con la información remitida por el Poder Judicial al Jurado Electoral Especial, José Williams Zapata registra una sentencia penal firme por el delito de homicidio calificado. La condena está vinculada a hechos ocurridos durante el conflicto armado interno, específicamente en el caso Accomarca, una de las masacres más graves perpetradas por el Ejército peruano el pasado 14 de agosto 1985, en la región Ayacucho.

Ese día, una patrulla del Ejército ingresó a la comunidad como parte de un operativo y asesinó a 69 campesinos, entre ellos mujeres, niños y ancianos, que no participaban en acciones armadas. Según las investigaciones judiciales y los reportes recogidos posteriormente por organismos de derechos humanos, los militares reunieron a los pobladores, los encerraron en viviendas y abrieron fuego, para luego incendiar algunas casas con personas en su interior. Las víctimas fueron acusadas sin pruebas de colaborar con Sendero Luminoso. Años después, se determinó que no existía evidencia que sustentara dicha imputación.

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