Miles salieron a las calles los últimos días en Colombia para rechazar la reforma fiscal presentada por el Congreso de la República, la cual busca incrementar los impuestos en el país.
El caos y la violenta represión policial hacia los manifestantes ha hecho que los organismos internacionales como la Organización de Naciones Unidas (ONU), Unión Europea (UE) y organizaciones de derechos humanos se pronuncien para un llamado a la calma y el diálogo.
Sin embargo, la Administración Duque aún no ha sentado una mesa de conversaciones y frente a ello no se descarta que podría declarar el Estado de Conmoción interna. Una norma que solo se aplica en caso de guerra interna y convulsiones incontenidas que atenten contra la seguridad nacional.
Si se llegaría a concretar la medida, el presidente estaría habilitado para dictar decretos con rango de ley, los cuales suspenden de inmediato la vigencia de todas las normas que le sean incompatibles.
Es un mecanismo de control en el ámbito nacional o parte de él y, que puede ser declarado por el presidente de la República. La medida entra en marcha siempre y cuando existan graves perturbaciones del orden público. Dichas alteraciones deben ser vinculantes de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y que no puedan ser resueltas con la sola acción de las autoridades policiales.
Está contenida en el artículo 213 de la Constitución. “Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos. Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público”, se indica en la Carta Magna colombiana.
La declaratoria del Estado de Conmoción interior podrá hacerla el presidente de la República, con la firma de los ministros en funciones. La norma es en todo el territorio nacional o en parte de este, por un periodo no mayor a 90 días, prorrogable hasta por dos periodos iguales.
Asimismo, se señala que dentro de los tres días siguientes a la declaratoria de Conmoción interior, el Congreso deberá reunirse para examinar la situación y estudiar el informe que le presente el jefe de Estado con las razones por las cuales se decidió acudir a esta figura.
Según las leyes de Colombia, la disposición de un Estado de Conmoción se aplica en un texto de difícil control sobre el desconcierto del orden público o guerra interna. Las agitaciones deben amenazar de manera directa la estabilidad institucional y la seguridad del Estado. Además, se debe considerar que las fuerzas internas, como la Policía no puedan contener los disturbios para recién decretar la medida.
Esta situación se podría dar tras los últimos acontecimientos ocurridos en suelo colombiano. Las masivas manifestaciones de la ciudadanía y las violentas represiones por parte de los agentes permitirían que el Gobierno de Iván Duque tome dicha decisión.
Una reforma fiscal impulsada desde el Parlamento y con el visto bueno del mandatario hizo que explote el reclamo en las calles. La iniciativa que se discutía en el Legislativo contempla temas como ampliar la base de contribuyentes, elevar impuestos, reducir exenciones y aumentar el IVA de algunos productos.
Con ello se esperaba recaudar unos 6.300 millones de dólares entre 2022 y 2031 para sostener las arcas de, lo que es en la actualidad, la cuarta economía latinoamericana más potente.
Algunos expertos sostienen que la clase media iba a ser la más castigada. Pero luego que el pueblo decidiera salir a reclamar, el Gobierno retiró el proyecto. Cabe precisar que durante los días de manifestaciones, que aún continúan, se registraron hechos violentos que vulneran los derechos humanos con un saldo de varias muertes y centenares de heridos.
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