
El 15 de abril marca la fecha límite para la presentación de impuestos federales en Nueva York y en todo el territorio estadounidense, ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS). Con el fin de evitar multas y demoras, es fundamental que los contribuyentes finalicen su declaración antes de este plazo.
Aquellos que no puedan cumplir con la fecha límite del 15 de abril tienen la posibilidad de solicitar una extensión. Es importante señalar que esta prórroga únicamente aplaza la presentación de la declaración, pero no retrasa el pago de los impuestos adeudados.
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Según El Diario NY, el IRS prevé que se presentarán más de 140 millones de declaraciones individuales para el año tributario 2024 antes de la fecha límite del 15 de abril. Más de la mitad será tramitada por profesionales, y la agencia aconseja acudir a un especialista confiable para evitar errores, fraudes o estafas.
Para quienes optan por realizar el proceso de forma autónoma, el organismo pone a disposición herramientas en línea y programas de asistencia gratuita destinados a contribuyentes que cumplan con determinados requisitos:
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De acuerdo con El Diario NY, el IRS sugiere a quienes esperan un reembolso que elijan la presentación electrónica y el depósito directo, lo que permite recibir los fondos en un plazo estimado de 21 días.
Para consultar el estado del reembolso, está disponible la herramienta “¿Dónde está mi reembolso?” en el sitio web del IRS, así como la aplicación móvil IRS2Go. Los datos se actualizan todos los días.
Según El Diario NY, aquellos que tengan impuestos pendientes deben efectuar los pagos antes de la fecha límite para evitar cargos por intereses y sanciones adicionales. El IRS dispone de diversas opciones:
De acuerdo con El Diario NY, quienes no puedan abonar el monto total adeudado tienen la opción de solicitar un plan de pagos mediante el sitio web oficial del IRS:
Quienes no puedan cumplir con la fecha límite del 15 de abril tienen la opción de solicitar una prórroga a través de:
Es crucial recordar que una prórroga solo retrasa la presentación de la declaración, pero no el pago de los impuestos pendientes. De acuerdo con las normativas del IRS, para evitar recargos, se recomienda calcular y pagar el monto adeudado antes de la fecha límite.

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