Alcanzar la residencia permanente en Estados Unidos, conocida como Green Card, puede verse como una meta distante para muchos inmigrantes en situación irregular. No obstante, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ofrece una luz de esperanza al establecer ciertos requisitos que podrían abrir las puertas a esta anhelada oportunidad.
Primero, deben haber vivido de manera continua en los Estados Unidos durante al menos cinco años. Además, no deben tener antecedentes penales graves ni órdenes de deportación activas en su contra. También es necesario que demuestren que su deportación causaría un sufrimiento extremo y extraordinario a sus familiares directos en el país.
La definición de "sufrimiento extremo y extraordinario" es esencial, ya que no se refiere únicamente a dificultades habituales, sino a situaciones excepcionales que justifiquen la concesión de la Green Card.
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Existen varias situaciones en las que los migrantes en situación irregular pueden calificar para obtener la Green Card. Por ejemplo, un trabajador con un historial laboral sólido que haya residido en Estados Unidos durante al menos diez años y que sea padre de un ciudadano estadounidense.
El principal beneficio de tener una green card es vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos. Foto: Pixabay
Otro ejemplo sería un cónyuge de un residente permanente que haya vivido en Estados Unidos durante siete años y tenga un hijo ciudadano estadounidense menor de 21 años. Además, un hijo de un ciudadano estadounidense con una discapacidad grave podría ser elegible si ha residido en el país durante cinco años.
Es fundamental señalar que, aunque se cumplan estas condiciones, no se garantiza la obtención de la Green Card. Los agentes del USCIS evaluarán cada caso de manera individual.
Para algunos trámites, como la solicitud de la Green Card, puede ser necesario contratar a un abogado de inmigración. Si este es su caso, el USCIS ofrece algunas pautas importantes para elegir la representación legal adecuada.
Es crucial asegurarse de que su abogado esté debidamente autorizado y sea miembro en buena reputación del colegio de abogados de un estado, territorio o del Distrito de Columbia. Además, debe estar habilitado para ejercer la práctica legal en Estados Unidos y no tener restricciones para ejercer la abogacía.
Por otro lado, es relevante tener precaución con los notarios públicos, consultores y empresas de inmigración que no están autorizados para brindar asesoramiento legal en temas migratorios. Es recomendable verificar la legitimidad y la reputación del representante legal antes de contratar sus servicios.