Las Elecciones Regionales y Municipales se realizaron el 2 de octubre. Sin embargo, muchas personas no han cumplido con este deber democrático por diferentes motivos. Por ello, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tiene la facultad de cobrar multas electorales a quienes no participaron.
En esta nota de La República te explicamos todo sobre esta sanción y si son acumulables.
De acuerdo a la normativa electoral, las multas por no sufragar se acumulan. Además, si no votas en las dos vueltas de una elección presidencial, serás multado dos veces. Sin embargo, el tener una multa electoral no impide que cumplas tu derecho al sufragio en las próximas elecciones.
La ONPE recordó que la multa por omisión al cargo de miembro de mesa es acumulativa. Foto: ONPE/Facebook
Aquí te damos la relación completa:
De acuerdo a la Ley n.º 28859, las multas están basadas en la clasificación que hace el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) sobre el distrito y estas son: no pobre, pobre y pobre extremo.
La ONPE ha contado hasta el momento más del 90 % de las actas para definir a los próximos alcaldes de Lima y distritos. Foto: composición de Fabrizio Oviedo
Sí, siempre y cuando la multa no haya sido sancionada en un plazo determinado por ley. Existen dos tipos de prescripciones: