
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy en el boletín oficial de normas legales del diario oficial El Peruano las resoluciones correspondientes a la disolución de cuatro cooperativas de ahorro y crédito por encontrarse inactivas.
Estas son la Cooperativa de Ahorro y Crédito Econopresto, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Docente Regional, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Arequipayy y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquial de Puente Piedra Ltda. Número 408.
Es así que se dispuso la exclusión de las cooperativas implicadas del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.
A partir de hoy, se prohíbe iniciar procesos judiciales o administrativos en contra de estas cooperativas para el cobro de acreencias a su cargo o perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
Asimismo, constituir gravámenes sobre algunos de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen; realizar pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ellas, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros; o constituir medidas cautelares contra sus bienes son acciones improcedentes.
Por otro lado, la SBS también declaró el sometimiento a régimen de intervención de dos cooperativas de ahorro y crédito, por encontrarse incursas en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa. Estas serían la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financiamiento Popular y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Livitaca.





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