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Economía

Didi habilita registro de conductores para servicio de taxi en moto pese a estar prohibido

La empresa insiste en la implementación de esta modalidad y garantiza hasta S/300 diarios a los conductores, a pesar de ir en contra del reglamento de transporte y del decreto del MTC.


Compañía inició la inscripción de conductores para el servicio “Didi Moto”, a pesar de ser ilegal. Foto: Fabrizio Oviedo/Composición LR

Fuentes del sector transportes informaron a La República que el aplicativo Didi continúa con la implementación del servicio de taxi en moto, pese a la prohibición del Ministerio de Transportes y Comunicaciones(MTC). Recientemente, la compañía habilitó la opción para que los motorizados se registren, tal como se observa en la promoción del eslogan "¡Completa tu registro en Didi Moto! Genera hasta S/2.100 en la primera semana".

Además, en su publicidad, aseguraron ganancias de hasta S/300 semanales para los conductores de la modalidad "Didi Moto".

No obstante, de acuerdo con el Decreto Supremo 035-2019-MTC, desde hace cuatro años es ilegal brindar servicios de taxi en moto o motocicleta lineal, ya que representan un riesgo para los usuarios, generan inseguridad ciudadana y pueden causar accidentes de tránsito recurrentes. En ese sentido, se dispuso el bloqueo de aplicaciones o páginas web que ofrecen este método de transporte.

Es importante mencionar que también se ha informado a este medio que la aplicación Picap, que brindaba servicios de transporte de personas en unidades lineales y que fue retirada del mercado peruano en 2019, volvería a operar con la misma actividad en territorio peruano. Por otro lado, se ha dado a conocer que Indrive ha comenzado su periodo de prueba para el servicio de taxi en moto.

¿Qué dice el reglamento nacional sobre los servicios de taxi?

El Reglamento Nacional de Administración del Transporte (RNAT) indica que el servicio de transporte especial de taxi debe ser prestado de manera exclusiva, de acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos, en autos de la categoría M1, que poseen tres o cinco puertas y ventanas laterales detrás del conductor. Es relevante recalcar que, en casos excepcionales, la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores sí considera aptas aquellas unidades de tres ruedas (como las mototaxis), motorizadas y no motorizadas, que tengan los instrumentos de seguridad establecidos. 

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