La Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) determinó que la Universidad ESAN y la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL) no podrán contratar con el Estado por un periodo de tres años debido a que ambas casas de estudios presentaron documentación falsa para ganar contratos públicos.
Durante la vigencia de la sanción, dichas universidades no podrán ejercer su derecho a participar en procedimientos de selección, procedimientos para implementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado.
En el caso de la Universidad San Ignacio de Loyola, fundada por el empresario Raúl Diez Canseco, el organismo determinó que el docente Manuel Fabian Oyarse Póstigo declaró haber realizado talleres en la Universidad del Pacífico para adjudicarse un servicio de capacitación en el año 2016.
Según informó Canal N, la Universidad del Pacífico desmintió esa información, luego de aclarar que en marzo de 2010 finalizó la relación contractual entre la casa de estudios y el docente.
Por su parte, la Universidad ESAN será impedida de contratar con el Estado luego de que se comprobara la inclusión irregular de la profesora Vilma Jeny Vilca Apaza en la nómina de docentes que participaron en un servicio que la casa de estudios brindó a la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) en el 2018.
De acuerdo al Tribunal, la universidad con sede en Surco había comunicado que la profesora tenía experiencia previa en un colegio de Villa María del Triunfo, información que fue desmentida por las autoridades del centro educativo.
La sanción impuesta a la Universidad San Ignacio de Loyola S. A. estará vigente hasta el 1 de marzo de 2024, mientras que la sanción a la Universidad ESAN se mantendrá hasta el 25 de febrero de 2024.
La Universidad San Ignacio de Loyola precisó que no estaba al tanto de la documentación falsa presentada por un profesor en el 2016, durante una convocatoria de Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para la contratación del “Servicio de capacitación en líneas de servicios y transversales”.
“Un extrabajador habría presentado un documento presuntamente indebido. Ante esta sanción que consideramos injusta, hemos presentado y ya ha sido admitida una demanda ante la Corte Superior de Justicia de Lima, considerando que nuestra Institución actúo siempre de buena fe y sin intención dolosa alguna. Por el contrario, hemos resultado siendo parte afectada en esta situación”, remarcó la institución.
USIL