
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que tras el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucional la Ley de Devolución de Aportes, los jubilados que recibieron el bono de 930 soles no tendrán que devolverlo.
“La decisión del Tribunal Constitucional cautela el derecho a la pensión y acceso a los servicios de salud de los actuales y futuros pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones. La retribución extraordinaria de 930 pagada en enero a nuestros pensionistas no deberá ser devuelta”, acotó el ente en un comunicado.
Y es que, según detalló el TC, el fallo no es retroactivo y no afecta a la bonificación otorgada antes.
Mientras que sí aplica para la devolución de hasta 4.400 soles (1 UIT) a los afiliados activos e inactivos, así como a la devolución total a quienes tienen 65 años a más y no reciben una pensión por no cumplir los 20 años de aporte. Esto debido a que aún no había sido implementado.
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