El presidente Pedro Castillo y el Consejo de Ministros tomaron la decisión de dictar la inmovilización social obligatoria en Lima Metropolitana y Callao con el fin de proteger a la ciudadanía de los hechos violentos que se han presentado por el paro nacional de transportistas.
La medida, que regirá durante este martes 5 de abril desde las 2.00 a. m. hasta las 11.59 p. m., fue publicada a través del Decreto Supremo n.º 034-2022-PCM y ha dispuesto las siguientes especificaciones para las actividades que pueden continuar durante el estado de emergencia este 5 de abril.
Según detalla el artículo 2 del Decreto Supremo n.º 034-2022-PCM, en su inciso 2.3, se exceptúa de acatar la inmovilización social a personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de:
El mencionado decreto supremo no da información sobre la posibilidad de salir a comprar alimentos. Solo se indica en el inciso 2.4. que se puede salir por medicamentos.
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Según precisa el inciso 2.6 de este decreto supremo, las personas que tengan alguna urgencia médica podrán circular con normalidad. Esto lo podrán hacer a pie o en su vehículo particular.
“También se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como para la adquisición de medicamentos”, detalla la norma.