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¿Cuál es la diferencia entre una carta poder y poder notarial?

Revisa los costos, requisitos y tipos de poder notarial, según la Ley del Notariado del Perú, para inscribirlo en Registros Públicos o apostillarlo en el consulado.

Comparación entre una carta poder y un poder notarial para inscribirlo en los registros notariales, públicos y apostillarlo con su costo UIT 2021. Foto: composición/Cartapoder
Comparación entre una carta poder y un poder notarial para inscribirlo en los registros notariales, públicos y apostillarlo con su costo UIT 2021. Foto: composición/Cartapoder

Conocer la diferencia entre una carta poder y poder notarial te permitirá realizar correctamente la representación formal y legal de procedimientos, solicitudes, pagos, cobros, compra, venta, seguridad social, pensiones, registro de terrenos, constitución de empresa, cuentas, entre otras, en el Estado peruano. Sin embargo, no es lo mismo otorgar facultades a un apoderado para realizar un trámite administrativo simple que para un acto jurídico o de litigio. Incluso, deberás requerir el asesoramiento de un abogado colegiado o de una notaría, como también dirigirte a los Registros Públicos o hacia un funcionario consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, según sea el tipo de poder a realizar y la Ley del Notariado.

El precio y registro de cada poder notarial dependerá de las motivaciones y vigencia que se requiera legalizar. Revisa todos los detalles sobre las diferencias entre una carta poder y el poder notarial en esta nota.

¿Cuál es la diferencia entre una carta poder y poder notarial? Conoce también cómo hacer una carta poder simple desde la comodidad de tu casa. Foto: composición LR/difusión

¿Cuáles son las diferencias entre una carta poder y poder notarial?

  • Tipo de materia: la carta poder sirve para trámites simples y el poder notarial para procedimientos administrativos/jurídicos.
  • Formato del documento: puedes llenar y obtener un modelo de carta poder fácilmente; en cambio, el poder notarial requiere ser registrada en una notaría y, posteriormente, en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) y/o apostillar en el Ministerio de Relaciones Exteriores, según sea el caso.
  • Costos: puedes descargar una carta poder gratis, o la puedes hacer tú mismo; dependiendo el tipo de poder notarial, podría costar desde S/30 a más.

¿Qué tipos de poder notarial existen?

Dependiendo la motivación de tu procedimiento, existen tres tipos de poder notarial en el Perú, según la Ley del Notariado, decreto legislativo 1049:

  1. Poder por carta con firma legalizada: concede potestad para procesos simples, como cobrar el alquiler de una casa, solicitar algún servicio de agua o luz. Respecto al cobro de beneficios laborales, seguridad social en salud y pensiones, es válido por tres meses para procedimientos menores a media UIT.
  2. Poder fuera del registro: da facultades para gestiones que implican pagos de entre la mitad de una UIT y tres UIT, como procedimientos administrativos, cobro de remuneraciones o procedimientos penales por falta.
  3. Poder en escritura pública: otorga autoridad ante Registros Públicos para la compra/venta de inmuebles o bienes, como automóviles, constitución de empresas y procedimientos judiciales.

La posesión de la escritura pública te permite combatir fraudes y usarlo en distintos trámites de posesión. Foto: composición LR/Sunarp Oficial/YouTube

¿Cómo hacer un poder notarial?

  • Requiere los nombres y apellidos completos del poderdante y apoderado (de ser necesario, testigos), como la presentación original vigente del DNI, carnet de extranjería o pasaporte, dependiendo la nacionalidad.
  • Identificar claramente los motivos, datos fundamentales, materia y periodo de la entrega del poder, como la revocatoria del mismo.
  • Dirigirse a un abogado colegiado y notaría para el llenado debido del formato del poder notarial.
  • Pagar la tasa respectiva, si el tipo de poder notarial requiere inscripción en archivos notariales y Registros Públicos.
  • Presentación ante la Sunarp y/o funcionario consular del Ministerio de Relaciones Exteriores. Este último si requiere apostillar, es decir, validar oficialmente el poder a nivel internacional.

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