Política

JNE establece cierre de padrón electoral para comicios del 2020

Plazos ajustados. Señala que Reniec debe presentar el 7 de octubre el padrón inicial y el 6 de noviembre el documento depurado. En tanto, el Ejecutivo tendrá que cubrir vacíos normativos mediante decretos.

JNE establece cierre de padrón electoral para comicios del 2020
JNE establece cierre de padrón electoral para comicios del 2020

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió ayer la resolución 150-2019, fijando el 30 de setiembre del 2019 como fecha de cierre del padrón electoral, en concordancia con el día de convocatoria de las nuevas elecciones parlamentarias que hizo el presidente Martín Vizcarra.

Se trata de la primera norma emitida por este organismo electoral y el mensaje es claro: no hay marcha atrás. El JNE y los otros organismos electorales cumplirán con el mandato constitucional de sacar adelante las elecciones programadas para el 26 de enero del 2020. Pleno del Jurado señala que el 7 de octubre Reniec debe presentar el padrón inicial y el 6 de noviembre el documento depurado.

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En tanto, Jorge Jáuregui, catedrático en materia de derecho electoral de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, explicó que el presidente Vizcarra estableció el plazo de cuatro meses para el desarrollo de las elecciones, en concordancia con la Carta Magna. “La decisión se ha ajustado a la norma”, subrayó.

El especialista subrayó que en este proceso electoral regirá un cronograma ad hoc, distinto a los procesos regulares y, según enfatizó, esta “situación excepcional” también está regulada por la Constitución.

Jáuregui explicó además que mientras el Tribunal Constitucional no declare inconstitucional el decreto emitido por el presidente Martín Vizcarra, todos los actos que puedan realizar en adelante quienes se aferran al Congreso “son nulos”.

Ajustes en los plazos

Por otro lado, José Villalobos, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), explicó que esta situación especial dará lugar a una serie de ajustes en los cronogramas de trabajo de los tres organismos electorales.

“El Ejecutivo debe sacar un decreto facultando a los organismos electorales para ajustar los plazos. Los cronogramas regulados en la Ley Orgánica Electoral y la Ley de Organizaciones Políticas no tendrán vigencia en estas elecciones”, apuntó.

Algunos aspectos fundamentales en el nuevo cronograma tienen que ver con el cierre del padrón electoral, que ya fue establecido ayer por el JNE.

Asimismo, los plazos para la inscripción de las listas de candidatos. En este extremo, el especialista Villalobos deslizó que podría regir un plazo anterior que era de 60 días. El ajuste del calendario supone también la emisión de normas para que los órganos electorales cuenten con un presupuesto especial para financiar los comicios. Y también se requiere acortar etapas en los procesos internos de contrataciones de bienes y servicios.

Con respecto al papel de la Comisión Permanente en esta etapa, Villalobos recordó que, según la Constitución, esta instancia solo toma conocimiento de los decretos emitidos y los informa luego al nuevo Congreso cuando ya se haya instalado.

Normas urgentes

El Ejecutivo también debe emitir dos normas de especial relevancia. Una tiene que ver con la corrección de una ley modificada por descuido de la ex-Comisión de Constitución del Congreso, bajo la conducción de la fujimorista Rosa Bartra, que eliminó la posibilidad de votación de peruanos en el extranjero.

La otra norma urgente está relacionada con el sistema de democracia interna que regirá para estas elecciones. Es decir, cuál será el mecanismo de los partidos políticos para elegir sus listas parlamentarias.

Esto debido a que una reciente reforma regula un sistema de elecciones primarias a nivel nacional, lo cual no sería viable ahora, dado los plazos ajustados. Esto mismo ya había sido expuesto, a modo de preocupación, por el titular del JNE, Víctor Ticona, cuando acudió al Congreso durante el debate del adelanto electoral.

En opinión del especialista José Villalobos, los partidos tendrían que elegir a sus postulantes al Congreso bajo el mismo sistema que tuvimos en los comicios generales del 2016, cuando primaron las elecciones internas a través de delegados de los partidos.

Jorge Jáuregui - Catedrático UNMSM

“La Constitución establece que el presidente está facultado para convocar a nuevas elecciones parlamentarias, invocando la cuestión de confianza. La decisión se ha ajustado a la norma”.

José Villalobos - Presidente del IPDE

“El Poder Ejecutivo debe regular con urgencia la asignación de presupuestos especiales para los organismos electorales, con las exoneraciones para contratar en forma directa los bienes y servicios”.

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