
Como ya se esperaba, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el Proyecto de Ley N.° 14337/2025-CR, que propone incorporar los delitos de lesa humanidad en el Código Penal, argumentándose que se está utilizando una definición de acuerdo al Estatuto de Roma (ER) de la Corte Penal Internacional. Esto no es cierto.
La definición del ER establece que el crimen de lesa humanidad se comete como parte de “un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”. Sin embargo, el proyecto incluye una definición que —entre otras inexactitudes— establece que por población civil debe entenderse “un grupo humano que no es parte de un combate interno o externo y en el cual recaen los delitos de lesa humanidad”. Además, señala que esta nueva norma se aplicará “de forma inmediata a los casos en trámite donde se haya utilizado o propuesto la aplicación de los delitos de lesa humanidad; o, en los procesos en los que, aun con condena, sean objeto de revisión, nulidad u otro recurso o garantía que permita su aplicación constitucional de acuerdo a las definiciones expuestas en la presente norma”.
Es, por tanto, evidente que lo que se busca es desconocer los derechos a la verdad y la justicia de las víctimas del conflicto armado y garantizar la impunidad para los agresores.
En este punto, una última aclaración: es falso, como se sostuvo en el debate en el Congreso, que las condenas y los actuales procesos solo se dirijan contra integrantes de las Fuerzas Armadas y policiales. Víctor Polay Campos y otros integrantes del MRTA fueron condenados por delitos calificados como crímenes de lesa humanidad e invocaron la sentencia del TC para obtener su libertad. El Poder Judicial no lo permitió ya que, pese a las acusaciones de prevaricato y las represalias, cumplieron con aplicar el control de convencionalidad. Por ahora, jueces y fiscales comprometidos con los derechos humanos son nuestra única esperanza.

El fiscal reconoció que se configuraron elementos de crímenes de lesa humanidad, pero decidió archivar el caso, a pesar de la demanda de inconstitucionalidad presentada en 2024.

La aplicación del control de convencionalidad no solo es obligatoria, sino que nos protege contra la impunidad

Desde amenazas a parejas gays hasta agresiones sexuales, distintos casos demuestran cómo la violencia se alimenta de concepciones rígidas de masculinidad.

" Con sencillez y claridad, sin gestos grandilocuentes y con la serenidad que se logra cuando se lucha por lo correcto, Navi Pillay nos recuerda que sin derechos humanos no hay paz y, sobre todo, que aún podemos tener esperanza"

"En el reciente caso Ramos Durán, la Corte ordenó al Estado que investigara las circunstancias de la muerte de la señora Ramos y sancionara a los responsables".