En una entrevista, a los 5 meses de Gobierno, concedida al diario El Comercio, la presidenta Dina Boluarte va marcando distancia de los crímenes ocurridos durante las protestas sociales, y que, según su declaración, son entera responsabilidad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, que tienen legislación propia y protocolos internos para sus funciones.
Sostiene que como jefa suprema de las Fuerzas Armadas y Policiales tiene mando, “pero no comando”, y lo mismo ocurre con su equipo ministerial, ajeno a las decisiones que pueda haber adoptado el aparato militar durante la represión de las movilizaciones ciudadanas, en las que perdieron la vida 49 personas, algunas incluso pese a tratarse de espectadores y/o transeúntes durante las protestas.
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Es decir que, en los operativos, los comandos policiales y militares estuvieron sin conducción política, bajo los decretos legislativos que “los ampara y los protege” y su propio reglamento.
La Constitución determina en sus artículos 44° y 167° cuál es el marco legal que establece obligaciones del Estado, en su rol de protección de los derechos humanos de los ciudadanos, y del presidente como jefe supremo de las FFAA y la Policía, respectivamente.
Hasta ahora no hay avances significativos de las investigaciones y la mandataria no ha acudido aún a dar su manifestación ante el Ministerio Público, pero sí hay declaraciones públicas tanto de la presidenta Boluarte como del exministro de Defensa y ahora primer ministro, Alberto Otárola, felicitando a las fuerzas del orden por sus acciones contra las protestas y señalando versiones que se han descartado por ser falsas.
Lo que intenta argumentar la presidenta es que no hubo orden ni expresa ni tácita para el uso excesivo de la fuerza. No obstante, la responsabilidad es mayor mientras más elevado sea el cargo que se ocupa, por la cadena de mando; y aunque la defensa que plantea Dina Boluarte sea indicar que los autores materiales son quienes deben ser identificados y sancionados, existe la autoría mediata –por la que fue sentenciado Alberto Fujimori– que sanciona a quien, utilizando una estructura de poder, obliga al subordinado a cometer el delito.
Este fue el caso de Alberto Fujimori, quien argumentó que tenía mando, pero no comando sobre el grupo Colina, y se demostró que era una estructura paramilitar y criminal montada dentro de su Gobierno, que él no podía desconocer. Fue condenado a 25 años.