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Género

México aprobó Ley Olimpia: hasta 6 años de cárcel por violencia digital

Con 87 votos a favor, el Senado aceptó que quienes compartan contenido de índole sexual sin consentimiento reciban pena de cárcel y una multa económica. Asimismo, se tipificó la violencia digital y mediática.

México ha dado un paso importante para combatir la difusión de material íntimo sin consentimiento, el acoso y el hostigamiento en plataformas digitales. Este jueves 5, el Senado aprobó la Ley Olimpia a nivel nacional, que tipifica y otorga desde 3 a 6 años de cárcel a quienes cometan violencia digital contra mujeres, hombres, niños(as) y adolescentes.

Por unanimidad, con 87 votos a favor, la Cámara Alta aprobó la reforma de dos legislaciones, que incluyen la violencia digital, la violencia mediática y la violación a la intimidad sexual.

Esta medida era sumamente necesaria porque, según las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda del Senado, la violencia digital afecta principalmente a las mujeres y representa “un obstáculo para el acceso y uso de las tecnologías, comunicación e información digital; aunado a ello genera consecuencias psicológicas, emocionales y sociales para las víctimas y limita el pleno ejercicio de los derechos humanos”.

Ley Olimpia

Ley Olimpia

¿Qué es violencia digital?

La violencia digital son aquellos actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa y mensajes de odio, según se expone en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Además, esta acción dolosa incluye la difusión de contenido sexual sin consentimiento, ya sean textos, fotografías, vídeos u otro material de esta índole a través de las tecnologías de información y comunicación, plataformas de Internet, redes sociales, y otras que atenten contra la integridad de las personas.

¿Qué es la violencia mediática?

La reforma legislativa también incluye sanciones para los medios de comunicación que cometan violencia mediática, de manera directa o indirecta. Este delito es definido como todo acto que “promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida”.

Historia de la Ley Olimpia

La Ley Olimpia ha sido impulsada por Olimpia Coral Melo, quien en 2014 descubrió que en redes sociales circulaba un video íntimo suyo.

Fue con su novio con quien realizó la grabación; sin embargo, el negó haberlo difundido. Al poco tiempo, el video se hizo viral en Huauchinango, Puebla, de donde ella es originaria.

Su calvario no acabó allí porque un periódico local lucró con su imagen. Debido a estos episodios, Olimpia se encerró en su casa por ocho meses e intentó suicidarse en tres ocasiones distintas.