Matrimonio igualitario en Perú: cronología de la lucha por un derecho que aún no se reconoce
En 1993, un congresista propuso por primera vez que se reconozca la unión entre personas del mismo sexo. Han transcurrido 17 años y el Estado peruano sigue sin garantizar este derecho.
El pasado viernes 16 de octubre, el Tribunal Constitucional (TC) determinó que se realice de manera reservada el debate de la demanda presentada por el economista peruano Óscar Ugarteche, quien busca que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) reconozca su matrimonio con Fidel Aroche.
A más de dos años desde que se desarrolló la audiencia pública en el TC por este caso, la institución recién decidió pronunciarse impulsada por la carta enviada a su presidenta Marianella Ledesma, por parte de abogadas(os), docentes y defensores de los derechos humanos.
El abogado Nicolás Alarcón, miembro de la organización Adastra, afirma a La República que si el TC falla de manera favorable en el caso de Ugarteche, se marcaría un precedente y abriría la posibilidad de que, inmediatamente, otras parejas LGTBIQ+ que han contraído matrimonio en el extranjero puedan inscribir su unión en Reniec sin ningún tipo de problema. Sin embargo, advierte que esta decisión todavía es insuficiente.
"Si bien van a tener abierta (las parejas del mismo sexo) varias posibilidades a raíz de una decisión favorable, aún habrá un campo de incertidumbre que requiere de una norma que termine por cristalizar y dejar de manera expresa que existe un matrimonio igualitario en el Perú”, resalta.
En el siguiente cuadro se muestra la restricción de la normativa legal que limita el acceso de personas LGTBIQ+ al matrimonio, así como a los derechos y deberes que se deriven de este. Por su parte, Alarcón sostiene que solo con la Constitución debería ser suficiente para que las uniones entre parejas del mismo sexo puedan concretarse, ya que este no regula un “concepto cerrado” sobre la familia.
Constitución Política del Perú (1993) | Código Civil (1984) |
Artículo 4.- Protección a la familia. Promoción del matrimonio La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. La forma del matrimonio y las causas de separación y de disolución son reguladas por la ley. | Artículo 234.- Noción del matrimonio El matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida común. El marido y la mujer tienen en el hogar autoridad, consideraciones, derechos, deberes y responsabilidades iguales. |
El letrado menciona que el Código Civil, en el que se contempla que los matrimonios solo pueden ser entre un hombre y una mujer, está por debajo de lo que expresa la Carta Magna. “En términos prácticos significa que todas estas normas que están por debajo de la Constitución tienen que interpretarse en armonía con lo que dice la Constitución”, sentencia.
Alarcón, además, cita el artículo 2.2 de la Constitución que reconoce el derecho a la igualdad y a la no discriminación, por lo que no reconocer y aceptar los matrimonios entre parejas LGTBIQ+ sería hacer una distinción en el tratamiento de esta población y parejas heterosexuales. A esto se suman los tratados internacionales—como el de la Corte Interamericana de Derechos Humanos—a los que se encuentra adscrito el Perú; en donde exhorta a los Estados a no discriminar a través de la diferenciación de derechos entre un grupo y otro.
La lucha de la comunidad LGTBIQ+ por este derecho en el país continúa, pues aún queda un largo trecho por recorrer. Por ello, La República reunió fechas históricas en que diversos congresistas propusieron proyectos de ley vinculados al reconocimiento legal de las uniones entre personas del mismo sexo.
1993: Julio Castro propone que la nueva Constitución reconozca a todo tipo de familias
La lucha por el reconocimiento legal de las familias LGTBIQ+ empieza en 1993, con el debate de la Asamblea Constituyente. En ese entonces, el congresista Julio Castro Gómez, integrante de la bancada Izquierda Unida, propuso que la Constitución de 1993 incluya el reconocimiento a todo tipo de familias, entre ellas las conformadas por personas del mismo sexo.
Sin embargo, la iniciativa causó un tremendo escándalo porque “incluso se llegó a discutir que la homosexualidad tendría que ser considerada como una enfermedad, que no era algo natural”, señaló a un medio local George Hale, miembro de Promsex.
2003: Primer registro de Uniones de Hecho entre parejas LGTBIQ+
En julio de 2003, la Red Peruana TLGB impulsó el evento Primer Festival de la Diversidad Sexual, en el que se realizó el primer registro simbólico de Uniones de Hecho. Este acontecimiento marcó un precedente porque era la primera vez que parejas del mismo sexo manifestaban su interés y preocupación para que sus uniones sean reconocidas por el Estado peruano.
2003: Martha Moyano Delgado y su proyecto de ley
En diciembre de ese año, la entonces congresista Martha Moyano Delgado presentó el proyecto N° 09371/2003-CR: Ley que Establece Uniones Civiles entre Parejas del Mismo Sexo. Esta propuesta pretendía que las uniones civiles entre personas LGTBI+ sean reconocidas legalmente.
Para acceder a esta unión, dos personas del mismo sexo debían haber convivido al menos un año y tener un domicilio legal en Perú. A su vez, se precisó que en cuanto a derechos, estos solo podían tener un tratamiento similar al que poseen los cónyuges, pero no adoptar hijos(as).
2009: Se presenta el Proyecto de Ley de Patrimonio Compartido
A finales de 2009, el entonces congresista Carlos Bruce presentó el proyecto de ley N° 3814, con el que proponía la creación de un patrimonio autónomo, figura regulada en el artículo 65 del Código Procesal Civil. Este tenía el objetivo de mejorar el acceso de personas que no están unidas por relación de matrimonio o convivencia a créditos de largo plazo.
“Este contrato (…) no es exclusivamente para gays, pero sí les facilita la vida a estas personas, ya que en el Perú, lamentablemente, no existe la unión homosexual”, declaró Bruce en su momento.
Posteriormente, el proyecto de ley fue derivado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso y este solicitó opiniones de las entidades del Estado y organizaciones civiles. En este proceso se planteó mejoras a la figura jurídica, motivo por el que el exlegislador decidió retirar el proyecto y presentar uno nuevo con las recomendaciones sugeridas.
2010: Ley que establece las uniones civiles entre personas del mismo sexo, presentada por José Vargas
En agosto de 2010, el entonces congresista aprista José Vargas Fernández presentó el proyecto de ley Nº 4181/2010-CR, que buscaba el reconocimiento de las uniones civiles entre personas del mismo sexo.
En el artículo 4 se exponían los derechos a los que se accedería mediante la Unión Civil, asemejándolos a los derechos que obtienen los convivientes; es decir, aquellos que tienen unión de hecho. Por ello, la abogada constitucionalista, Beatriz Ramírez Huaroto, concluyó en un análisis que esta iniciativa definía a la Unión Civil como un “régimen espejo de la unión de hecho”.
No obstante, la ONG Promsex advirtió en un informe de 2010 que pese a que las personas LGTBI+ tuviesen los mismo derechos y deberes que las parejas heterosexuales, había dos derechos que no estaban incluidos en el proyecto de ley Nº 4181: la herencia y la pensión de alimentos más allá de los casos de abandono.
2011: Óscar Ugarteche solicita a Reniec la inscripción de su matrimonio
El economista Óscar Ugarteche y Fidel Aroche solicitan en Perú la inscripción de su matrimonio celebrado en México. Reniec se niega, y en 2012, declara agotada la vía administrativa. La defensa de Ugarteche apela la decisión el 12 de diciembre.
Óscar Ugarteche lleva casi una década buscando que su matrimonio sea inscrito en el Reniec. Foto: La República
2011-2012: Replanteamiento de la Ley de Patrimonio Compartido
Durante este lapso de tiempo, el exparlamentario Carlos Bruce replanteó su proyecto de ley de Patrimonio Compartido de 2009-2010 y presentó otros dos: N° 00108/2011-CR y N° 01393/2012-CR.
Ambas iniciativas apuntaban que dos personas—ya sean pareja, hermanos, amigos o parientes— accedieran a los mismos beneficios y la posibilidad de que su patrimonio en común sea reconocido para el caso de bienes adquiridos, rentas, inmuebles, etc. Finalmente, ninguno de los proyectos llegó a ser debatido por el Congreso.
2013: Unión Civil
En setiembre de 2013, el excongresista Carlos Bruce presentó el proyecto de ley N° 02647, Ley que establece la Unión Civil no matrimonial para personas del mismo sexo. El entonces legislador de la bancada Concertación Parlamentaria definió la unión civil no matrimonial como “la unión voluntaria entre personas del mismo sexo con el fin de garantizar derechos y deberes el uno con el otro”.
En efecto, estos son los derechos a los que accederían las parejas del mismo sexo.
- Régimen económico matrimonial.
- Visitas a hospitales, centros médicos y cualquier otro establecimiento de salud.
- Toma de decisiones para el inicio de tratamientos quirúrgicos de emergencia.
- Visitas íntimas en centros penitenciarios.
- Recibir alimentos de otro integrante de la unión civil.
- Adquirir la nacionalidad peruana en caso de ser extranjero, luego de 2 años de haber celebrado una Unión Civil.
- Los integrantes de la unión civil tienen la obligación de inscribir en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) su cambio de estado civil y de cambiar su Documento Nacional de Identidad (DNI) para que figure su condición de integrantes de una Unión Civil No Matrimonial.
- Asistencia y protección contra violencia familiar.
Para el abogado Nicolás Alarcón es claro que esta iniciativa legal pretendía reconocer algunos de los derechos patrimoniales de las uniones entre personas del mismo sexo, pero no reconocía que las familias homoparentales ya existen, por lo que se debe buscar también la protección de sus hijas e hijos.
2013-2014: Aparecen otros proyectos de ley con una postura conservadora
En paralelo a la discusión de la aprobación o no de la Unión Civil, los parlamentarios Julio Rosas, Martha Chávez, Humberto Lay, Martín Belaúnde y Rubén Condori presentaron otros proyectos de ley en oposición al planteado por Bruce.
Se trataba de los proyectos de ley de Atención Mutua, Régimen de Sociedad Solidaria, Asociación Patrimonial Solidaria, Unión contractual y Régimen de Cooperación Patrimonial entre Personas.
“Ninguno de estos cinco proyectos de ley reconocen, ni cambian, el estado civil de las personas miembros de estas uniones”, escribe la politóloga María Saravia Pinazo en su tesis de licenciatura. Además, añade que estos “tampoco incluyen reconocimiento de derechos en materia de visitas íntimas penitenciarias, adquisición de la nacionalidad peruana en caso de ser extranjero u otros derechos que tendría un pariente de primer grado”.
proyectos de ley en contraposición al de Unión Civil
2014: MINJUS se pronuncia a favor de la unión civil
El 24 de febrero de 2014, la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se pronunció a favor de la unión civil. En su voluminoso informe resaltó que “no solo resulta jurídicamente viable sino que es representativo de una concreción de los derechos fundamentales, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad y la no discriminación”.
2015: Congreso archiva el proyecto de ley Unión civil no matrimonial
Tras un acalorado debate en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, marcado por un discurso influenciado por la religión y el querer preservar la “familia natural”, el 14 de abril de 2015 se archivó el proyecto de ley de unión civil.
En aquel entonces, diversos parlamentarios(as) como Martha Chávez, Humberto Lay, Julio Rosas, José Antonio Eguren y otros, desde una posición ultraconservadora, argumentaron que la unión civil es “antinatural” y que una familia solo podía estar conformada por un hombre y una mujer.
2016: Proyecto de ley de la Unión Civil presentado por Peruanos por el Kambio
El 16 de noviembre de 2016, los exparlamentarios de la bancada Peruanos por el Kambio, Carlos Bruce y Alberto De Belaunde, presentaron el proyecto de ley Nº 718, Ley que establece la unión civil. Con ello se buscaba que esta unión se constituya “en una concreción de los derechos fundamentales de las personas homosexuales, bisexuales y trans, al libre desarrollo de la personalidad, dignidad, la igualdad y no discriminación y a la protección de la familia”.
A diferencia del primer planteamiento de la unión civil, en esta propuesta se establece que las uniones civiles sean inscritas ante un notario o un juez de paz, así como haya la presentación de un solo testigo.
Además, De Belaunde y Bruce precisan de más derechos y deberes de compañeras(os) civiles:
- Asistencia mutua.
- Alimentos mutuos.
- Seguridad social (salud, pensiones de invalidez u otros derechos dependiendo el caso).
- Pensión de supervivencia.
- Representación conjunta.
- Derecho de habitación en el hogar común y derecho de domicilio.
- Visitas íntimas en centros penitenciarios.
- Visitas en centros médicos.
- Decisiones de salud cuando el/la compañero/a no pueda dar su consentimiento.
- Toma de decisiones para procedimientos quirúrgicos de emergencia, cuando el/la compañero/a no puede dar su consentimiento.
- Adquirir la nacionalidad luego de dos años.
- Igualdad en el gobierno del hogar y el sostenimiento.
- Asistencia y protección contra violencia familiar.
- Solicitar indemnización por los daños ocasionados a la pareja.
- Derechos sucesorios como heredero forzoso.
- Posibilidad de escoger entre sociedad de gananciales o separación de patrimonios.
En ese entonces, ambos legisladores resaltaron que esta propuesta de unión civil no buscaba ser un matrimonio ni tampoco contemplaba la adopción de niñas(os).
2016: Susel Paredes solicita la inscripción de su matrimonio igualitario
La política y actriz Susel Paredes se casó por civil con su pareja el 4 de agosto de 2016. A su regreso al país, con partida de matrimonio en mano solicitaron a Reniec su inscripción, pero fue rechazada. Al año siguiente, inician su batalla legal.
matrimonio de Susel Paredes
2017: Diez congresistas presentan ley de matrimonio igualitario
En febrero de 2017, diez congresistas se unieron para presentar el proyecto de ley N° 961, Ley de Matrimonio Civil Igualitario, que propone modificar el artículo 234 del Código Civil para establecer que el matrimonio civil sea la “unión voluntaria concertada por dos personas”, sin hacer precisiones sobre el sexo de las personas que lo contraen.
En ese mismo mes, la iniciativa legal ingresó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, donde ha permanecido más de tres años sin ser debatida por el Pleno del Congreso. Cabe mencionar que los y las autoras del proyecto de ley son Indira Huilca, Carlos Bruce, Guido Lombardi, Alberto De Belaunde, Marisa Glave, Edgar Ochoa, Tania Pariona, Alberto Quintanilla, Horacio Zevallos y Manuel Dammert.
Asimismo, en el artículo 2 del proyecto de ley indica que las personas LGTBI+ que accedan al matrimonio igualitario “son formas de familia, independientemente de si tienen hijos/as en común”. De esta manera, se puede observar que es el único proyecto de ley que reconoce por primera vez la existencia de familias homoparentales en el país.
2020: otros matrimonios igualitarios celebrados en el extranjero esperan ser inscritos por Reniec
Según fuentes cercanas a La República, durante este año, Reniec ha declarado improcedentes las solicitudes de dos parejas homosexuales para que inscriban sus matrimonios celebrados legalmente en Argentina y Dinamarca. Las y los demandantes apelarán la resolución.
Finalmente, Alexandra Hernández, directora de Más Igualdad, destaca que una normativa como esta es muy importante porque, además de todos los derechos que podría acceder la comunidad LGTBI+, se “ayuda a combatir la violencia y prejuicios que existen” contra esta población y sus familias.