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Elecciones

JNE desmiente a Lourdes Flores y aclara que ampliación de plazo nunca estuvo vigente

La entidad electoral, a través de su Comité Técnico de Fact Checking, señaló que el acuerdo nunca se formalizó, ya que no fue publicado ni notificado a los partidos políticos.

Lourdes Flores ahora defiende la posición de Keiko Fujimori. Foto: composición/La República/difusión
Lourdes Flores ahora defiende la posición de Keiko Fujimori. Foto: composición/La República/difusión

Durante una conferencia de prensa de Fuerza Popular, la excandidata presidencial Lourdes Flores Nano, quien ahora defiende los argumentos de Keiko Fujimori, afirmó que la resolución para ampliar el plazo de presentación de pedidos de nulidad sí estuvo vigente, por lo que se podía entregar solicitudes el jueves 10 de junio y el viernes 11. Sin embargo, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha desmentido esta afirmación.

“El miércoles, el JNE extendió, en un acuerdo por unanimidad y de manera excepcional, el plazo para la presentación de solicitudes. O sea, el miércoles en un momento dado, el Jurado dijo que hay que extender el plazo”, expresó.

“Esta resolución ha sido publicada ayer (miércoles) y después lo dejó sin efecto. Pero ¿cuándo se ha hecho público todo esto? Recién ayer. Quiere entonces decir que el miércoles, jueves y viernes estuvo vigente lo primero. Rige la declaración del JNE que se extiende el plazo”, aseguró Flores Nano.

JNE desmiente a Lourdes Flores

No obstante, el JNE, a través de su Comité Técnico de Fact Checking, reiteró que “es falso que la ampliación de plazo para la presentación de solicitudes de nulidad haya tenido vigencia legal”. “Dicho acuerdo nunca se formalizó, (ya que) nunca fue publicado ni notificado a los partidos políticos”, prolongó.

De hecho, fue durante la mañana del viernes 11 de junio, no un miércoles como mencionó Lourdes Flores, que el pleno de dicho ente acordó cambiar las reglas electorales y ampliar el plazo hasta ese mismo día a las 8.00 p. m. porque, legalmente, solo se podía hasta el miércoles 9 a la misma hora. Sin embargo, no se publicó la resolución de esa decisión ni se notificó a las partes.

No obstante, la medida iba contra la sentencia n.º 5448-2011-PA/TC del Tribunal Constitucional (TC), la que “establece que el proceso electoral está compuesto por un conjunto de etapas con efectos perentorios y preclusivos”, según el comunicado que compartió el organismo electoral.

“Quiere decir que, transcurrido el plazo, ya no se puede de ninguna manera realizar un acto de impugnación”, explicó el abogado Omar Cairo, experto en temas constitucionales, a esta redacción. Por eso, horas después, hubo una reconsideración en el pleno del JNE y sus integrantes dejaron sin efecto dicha decisión.

La resolución respecto no ejecutar esta acción fue publicada este miércoles 16 de junio —junto al acuerdo previo para ampliar el tiempo, el cual ya no tiene validez— y precisó: “El plazo para la presentación de las solicitudes de nulidad de la votación de las mesas de sufragio por las causales previstas en el artículo 363 de la Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones, es el establecido en la Resolución N.º 0086-2018- JNE”. Este último indicó que solo se pueden hacer pedidos de nulidad hasta tres días hábiles después de los comicios.

Publicación del JNE.

Publicación del JNE.

Ciudadano pide rectificación a Lourdes Flores

No es la primera vez que desmienten a Lourdes Flores Nano. Leodan Fernández Guevara, ciudadano de Chota, también lo ha hecho e incluso ha pedido una rectificación.

“Al tener conocimiento de que la señora Lourdes Flores, el día domingo 13 de junio del presente año en el programa dominical Panorama, ha hecho referencia a mi persona y ha afirmado que mi firma habría sido falsificada en condición de presidente de mesa, por ello le exijo que se rectifique, (ya que) el día 6 de junio me desempeñé como miembro de mesa, tal como acredito con mi constancia y con mi certificado”, señaló.

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