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Elecciones

JNE anula exclusión de plancha presidencial de José Vega por UPP

Organismo electoral, además, dispuso que se verifique las hojas de vida de los dos candidatos a la vicepresidencia: Haydee Andrade y Daniel Barragán.

José Vega es candidato a la presidencia de la República por Unión por el Perú, partido con el que llegó al Congreso en el 2020. Foto: La República
José Vega es candidato a la presidencia de la República por Unión por el Perú, partido con el que llegó al Congreso en el 2020. Foto: La República

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) anuló la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 que declaró improcedente la candidatura de José Vega por el partido Unión por el Perú (UPP) de cara a las Elecciones Generales 2021.

En efecto, la entidad decidió declarar nula la resolución n°. 00081-2020-JEE-LIC1/JNE, que excluía a José Vega Antonio y a sus dos candidatos a la vicepresidencia, Hayde Ildarina Andrade Ríos y Daniel Hugo Barragán Coloma, de los comicios del 11 de abril, luego de que el JEE de Lima Centro 1 diera a conocer que los documentos presentados por los candidatos no precisaban información sobre sus ingresos de bienes y rentas durante el 2019.

“Conforme a las reglas de lógica y a las máximas de la experiencia, no resulta conforme a la realidad, ni de acuerdo a la razón, pues es de asumir que el sostenimiento de la persona se funda en una fuente de ingreso de alguna actividad o renta que genera acreencia”, señaló el Jurado Electoral Especial.

Asimismo, se tomó en cuenta que la candidata Haydee Andrade declaró ser propietaria de un vehículo, y que se desempeña como gerente de la empresa Veterinaria Spa Unitedpets S.A.C. Por su parte, Daniel Barragán declaró tener el cargo de Asesor I en el Congreso de la República.

No obstante, de acuerdo a la resolución n°. 0121-2021-JNE, el JEE debió verificar que ambos candidatos omitieron entregar esa información tomando en cuenta que hay un área que fiscaliza y comprueba todo lo que se indica en las hojas de vida.

“Correspondía que el JEE otorgue a la organización política en mención (UPP), similar plazo al que se le confiere cuando nos encontramos en la etapa de tachas o exclusiones, a efectos de que dicha organización, a través de su personero legal, presente sus descargos en el plazo inexorable de un (1) día calendario”, expresa la nueva resolución del JNE.

JNE

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Del mismo modo, el JNE sostuvo que “al no contar con los medios de prueba que acrediten la percepción de ingresos de bienes y rentas de los mencionados candidatos, adolece de motivación insuficiente, por lo cual corresponde declarar la nulidad de la referida resolución”.

Finalmente, se dispuso que el JEE de Lima Centro 1 continúe con el trámite de la admisión de la fórmula presidencial de José Vega Antonio, quien estuvo en Trujillo el último viernes como parte de su campaña a los próximos comicios electorales.

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