Economía

¿Cuánto me deben pagar si trabajo HOY feriado del 29 de junio?

Este jueves 29 de junio es considerado feriado tanto para trabajadores públicos como privados. Conoce cómo calcular el pago que recibirías de laborar ese día.

Se avecina un fin de semana largo que arranca desde este jueves 29 de junio. Foto: composición LR/Andina
Se avecina un fin de semana largo que arranca desde este jueves 29 de junio. Foto: composición LR/Andina

Este jueves 29 de junio es declarado feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado debido a que se conmemora la festividad católica de San Pedro y San Pablo. Según el Decreto Legislativo 713 "Ley de Descansos Remunerados", este día debe ser pagado íntegramente sin obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores. Pero, qué sucede si el empleado acuerda laborar ese día. ¿Cuánto recibirá de acuerdo a ley? Despejamos esta dudas en la siguiente nota.

29 de junio: ¿cómo puedo calcular el pago de un feriado trabajado?

Los feriados calendarios permiten al trabajador el cobro de triple salario cuando le toca trabajar ese día, debido a la retribución correspondiente por la labor efectuada y una sobretasa del 100%.

El 29 de junio les corresponde los trabajadores un día de descanso remunerado. Foto: Andina

El 29 de junio les corresponde los trabajadores un día de descanso remunerado. Foto: Andina

Para calcular cuánto recibirá si es que labora el jueves 29 de junio, es importante saber cuánto gana por día. Por ejemplo, si su remuneración mensual equivale al sueldo mínimo (S/1.025), el importe diario que le corresponde es de S/34,17. Ello resulta al dividir su salario entre 30 días. Es decir:

  • Una remuneración por el trabajo realizado: S/34,17.
  • Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/34,17.

En total, serían S/68,34 (por el feriado laborado) más S/34,17 (Sueldo diario). Entonces S/68,34 + S/34,17 = S/102,51.

30 de junio, día no laborable: ¿recibo pago extra si trabajo?

Cabe precisar que el viernes 30 de junio fue decretado por el Gobierno como día no laborable para el sector público. ¿Qué significa ello? Que los empleados tienen la opción de descansar, pero con cargo a compensar las horas en las posteriores jornadas. Si una persona trabaja ese, no recibirá ningún pago extra.

¿Qué feriados restan este 2023?

  1. Junio: jueves 29 de (San Pedro y San Pablo).
  2. Julio: domingo 23 de julio (falta promulgarse), viernes 28 y sábado 29 (Fiestas Patrias).
  3. Agosto: domingo 6 (batalla de Junín) y miércoles 30 (Santa Rosa de Lima).
  4. Octubre: domingo 8 (combate naval de Angamos).
  5. Noviembre: miércoles 1 (Día de Todos los Santos).
  6. Diciembre: viernes 8 (Inmaculada Concepción), sábado 9 (batalla de Ayacucho) y lunes 25 (Navidad).

¿El 23 de julio será feriado?

El Congreso aprobó que este año el 23 de julio sea feriado; sin embargo, esto aún está pendiente de aprobarse por el Ejecutivo.

¿Qué días son no laborables en Perú?

  • Lunes 2 de enero
  • Martes 2 de enero
  • Viernes 28 de abril
  • Viernes 30 de junio
  • Jueves 27 de julio
  • Lunes 9 de octubre
  • Jueves 7 de diciembre
  • Martes 26 de diciembre

¿Cuál es la diferencia entre un feriado y día no laborable?

Se denomina feriado a una fecha de descanso obligatorio que es remunerado y que puede ser compensado con otro día de descanso o con el pago por la jornada trabajada ese día. Mientras que un día no laborable, es una fecha establecida por el Gobierno mediante Decreto Supremo, que es compensable y en la que el colaborador debe devolver las horas en las que no laboró.