Economía

Fin de semana largo en Perú: ¿cuándo te deben pagar si trabajas el 29 de junio?

Debido a la celebración del Día de San Pedro y San Pablo, el jueves 29 de junio es feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado, ¿También habrá pago extra si laboras las jornadas posteriores?

Multas a empleadores que incumplan con este derecho varían entre S/1.058 y S/241.638.  Foto: composición LR/Andina/Pixabay
Multas a empleadores que incumplan con este derecho varían entre S/1.058 y S/241.638. Foto: composición LR/Andina/Pixabay

Un nuevo fin de semana largo se avecina. Del jueves 29 de junio al domingo 2 de julio, miles de trabajadores podrán tomar una pausa o realizar actividades recreativas que los alejen de la rutina laboral. El feriado para empleados del sector público y privado se debe a la conmemoración de la festividad católica de San Pedro y San Pablo. En ese sentido, el viernes 30, al ser decretado por el Gobierno como día no laborable, los empleados tienen la opción de descansar, pero con cargo a compensar las horas en las posteriores jornadas.

Ambas fechas se juntan con el sábado 1 y domingo 2 de julio, los cuales forman un fin de semana largo para que la población tenga la posibilidad de realizar turismo interno, sector que impulsa la reactivación económica.

¿Qué es un feriado calendario y cuánto te deben pagar?

Los feriados calendarios son descansos remunerados que no se compensan y que permiten al empleado el cobro de triple salario si es que labora ese día. La única fecha con esas características —de todo el fin de semana largo de este mes— es el 29 de junio, por lo que si una persona trabaja el 30 de junio o el 1 y 2 de julio, no recibirá un pago extra.

Si trabajas el 29 de junio, te corresponde recibir un triple pago. Foto: composición LR/Andina

Si trabajas el 29 de junio, te corresponde recibir un triple pago. Foto: composición LR/Andina

A diferencia de los días no laborables (30 de junio), las horas dejadas de laborar son compensadas en las 10 jornadas inmediatas posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública o privada.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) explica que, si laboras de forma presencial o remota un día feriado, deberás percibir dos remuneraciones diarias adicionales a tu salario total del mes.

¿Cómo se calcula el pago de un feriado trabajado?

En el caso de que tu remuneración mensual sea el sueldo mínimo (S/1.025), el pago diario que te corresponde es de S/34,17. Ello resulta al dividir tu salario entre 30 días. Al saber cuánto percibes diariamente, puedes calcular cuánto recibirías si es que trabajas.

  • Una remuneración por el trabajo realizado: S/34,17.
  • Una remuneración por la sobretasa del 100%: S/ 34,17.

En total, serían S/68,34 por cada feriado laborado adicional a tu sueldo mensual. Entonces S/68,34 + S/34,17 = S/102,51.

Infracción sobre derechos del feriado

Sunafil recuerda que aquellos empleadores que incumplan con realizar el abono adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados cometerían una infracción de categoría "muy grave" en materia de derechos laborales. Las multas, que dependen del tipo de la empresa (micro, pequeña y no mype), varían entre S/1.058 y S/241.638.

¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?

Un día feriado es una fecha de descanso obligatorio para todos los trabajadores a nivel nacional. Mientras que un día no laborable, es una fecha particular, decretada por el Estado, mediante decreto supremo, para impulsar la actividad turística y recreativa en el Perú.

¿Qué feriados restan este 2023?

  • Junio: jueves 29 de (San Pedro y San Pablo).
  • Julio: viernes 28 y sábado 29 (Fiestas Patrias).
  • Agosto: domingo 6 (batalla de Junín) y miércoles 30 (Santa Rosa de Lima).
  • Octubre: domingo 8 (combate naval de Angamos).
  • Noviembre: miércoles 1 (Día de Todos los Santos).
  • Diciembre: viernes 8 (Inmaculada Concepción), sábado 9 (batalla de Ayacucho) y lunes 25 (Navidad).