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Economía

SBS actualiza metodología de cálculo de rentabilidad de los fondos de pensiones debido a retiros AFP

Los últimos desembolsos de los fondos previsionales ocasionaron excesos de inversión de activos ilíquidos. La superintendencia enfatizó que “en ningún caso, este ajuste afectará la rentabilidad obtenida por los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP)”.

La Asociación de AFP señala que el predictamen sobre retiro de AFP no cuenta con opinión de entes técnicos. Foto: composición LR/ El Peruano.
La Asociación de AFP señala que el predictamen sobre retiro de AFP no cuenta con opinión de entes técnicos. Foto: composición LR/ El Peruano.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy la Circular N°180-2022, mediante la cual se actualiza la metodología de cálculo de la rentabilidad de los fondos de pensiones administrados por las AFP, considerando situaciones de excesos de inversión en algunos activos que se han reportado en los dos últimos años.

Para atender las solicitudes de retiro de los fondos de pensiones, autorizados por el Ejecutivo y Legislativo, las AFP tuvieron que vender los activos más líquidos. Como consecuencia de esta venta, se fue registrando una mayor participación de los activos ilíquidos en la cartera de inversiones de los fondos de pensiones, lo que ocasionó situaciones de excesos de inversión en estos instrumentos; es decir, superaron los límites de inversión permitidos.

Adicionalmente, el nuevo esquema de límites de inversión, aprobado mediante Resolución SBS N°1559-2022, requiere de la actualización y precisión de algunos aspectos metodológicos y definir los tipos de instrumentos que son considerados ilíquidos para la aplicación de los límites de inversión y sus planes de adecuación.

En ese sentido, a efectos de asegurar que la metodología de cálculo de la rentabilidad por excesos de inversión sea consistente con el desempeño de los instrumentos involucrados en este tipo de situaciones, la SBS ha considerado necesario actualizar la metodología, la cual entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2022.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, establece fórmulas generales aplicables a todos los instrumentos de inversión, considerando los casos particulares, tales como los instrumentos que efectúan de llamadas de capital y distribuciones, los instrumentos derivados, las cuentas corrientes, los depósitos a plazo, las operaciones de reporte y los préstamos de valores.

“Cabe indicar que, en ningún caso, este ajuste afectará la rentabilidad obtenida por los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP)”, enfatizó la SBS.

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