Minería: Permitirían reprogramar hasta por 12 meses actividades no ejecutadas en los IGA
Según proyecto de Decreto Supremo. Ministerio de Energía y Minas sustenta que las obligaciones comprendidas en los Instrumentos de Gestión Ambiental de proyectos mineros no se realizaron en el plazo establecido por el estado de emergencia.
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El Ministerio de Energía y Minas (Minem) publicó el proyecto de Decreto Supremo para establecer medidas relacionadas a los Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA) en la minería.
El sector señala que el estado de emergencia nacional afectó el plazo de ejecución y cumplimientos de estas actividades, compromisos y obligaciones estipuladas en los Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA) de los proyectos mineros en ejecución, como para los que se encuentran en el Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental como para los que están en los IGA complementarios -como la ficha técnica ambiental y el plan de cierre de minas-.
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En ese sentido, el proyecto de decreto establece reprogramar por un plazo máximo de 12 meses las actividades de los IGA no ejecutados por el estado de emergencia.
Ello deber ser con comunicación directa a la autoridad ambiental competente y la de fiscalización ambiental, sustentando dicha reprogramación. Ello debe ser presentado en un plazo de 45 días hábiles, adjuntando la actualización de periodos de ejecución y cumplimiento de cada actividad establecida en el cronograma inicial.
Ambos plazos se cuentan desde la entrada en vigencia de la norma.
Asimismo, de involucrar obligaciones de carácter social, el titular del proyecto minero deberá comunicar a los actores sociales involucrados.

































