Economía

Caso Telmo: ¿puede un practicante denunciar maltrato laboral y qué sanciones hay para el empleador?

Los audios donde se escuchan a una jefa gritar al practicante de una empresa generaron indignación en redes. ¿Cuál es el procedimiento que se debe seguir para denunciar estos casos?

El 'Caso Telmo' se hizo viral en redes sociales tras la difusión de un audio de una abogada que hace fuertes reclamos a un practicante. (Foto: SofaMatch)
El 'Caso Telmo' se hizo viral en redes sociales tras la difusión de un audio de una abogada que hace fuertes reclamos a un practicante. (Foto: SofaMatch)

El último lunes, las redes sociales han sido plagadas de comentarios referidos al ‘Caso Telmo’, que saltó a la luz luego de hacerse público en Twitter unos audios donde un expracticante fue víctima de maltrato laboral e insultos por parte de su exjefa quien le recriminaba por “no haber realizado correctamente su trabajo”.

El hecho prontamente se hizo tendencia y causó revuelvo entre los internautas que han considerado que la exjefa de este joven, estudiante de Derecho, identificada como Paola Carbajal, debe ser denunciada. Incluso, los comentarios han apuntado a que este tipo de comportamientos son recurrentes contra los estudiantes que trabajan bajo esta modalidad de aprendizaje.

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Por ello es necesario abordar sobre el aspecto legal que conlleva este tipo de acciones. En este caso en particular, en la relación jefe-practicante, lo que ha ocurrido es una “afectación a la dignidad del sujeto en el ámbito del derecho laboral”, según indicó a La República el abogado laboralista y docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), Raúl Saco.

“Esta conducta no se puede permitir porque es lesiva a la dignidad del individuo. Es intolerable”, refirió. Es bajo este principio, que está respaldado por la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos, que se deben regir los vínculos entre guías y estudiantes.

Practicante estresado

Los practicantes pueden realizar su denuncia o queja ante la Sunafil. (Foto: El Contribuyente)

¿Cómo puede proceder un practicante ante un caso de abuso laboral?

En el caso de un practicante que ha sido vulnerado por su jefe o formador profesional, se recomienda que acuda ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y a su centro de estudios, porque son los involucrados en el convenio de prácticas pre-profesionales.

En ese sentido, “se requiere necesariamente la intervención de la universidad, pues la relación jurídica está entre la universidad, el estudio de abogados y el estudiante. Es la universidad la que puede protestar por el joven ante el estudio de abogados”, explicó el abogado Raúl Saco.

En la relación jefe-subordinado siempre debe existir el respeto a la dignidad del sujeto. (Foto: Universia)

En la relación jefe-subordinado siempre debe existir el respeto a la dignidad del sujeto. (Foto: Universia)

Sanciones al empleador por maltrato laboral

Si un practicante recibe malos tratos por parte de su superior, puede realizar la denuncia ante el mismo centro de trabajo. Luego de un análisis hacia ambas partes involucradas, la empresa debe tomar una decisión y, en caso de encontrarse como verdadera la versión del denunciante, se debería imponer una sanción al trabajador o separarlo del cargo.

En caso de que el practicante decida escalar la demanda ante la Sunafil, que también evaluará el accionar del jefe como el cumplimiento de deberes y responsabilidades del profesional en formación, las consecuencias serían de carácter económico, además de una llamada de atención severa, según explicó el letrado.

En caso de imponerse una denuncia, deberá haber un análisis exhaustivo de ambas partes. (Foto: La Voz Texas)

En caso de imponerse una denuncia, deberá haber un análisis exhaustivo de ambas partes. (Foto: La Voz Texas)

La controversia: practicante o trabajador

De acuerdo con Saco, en el país existe una seria controversia en cuanto a la condición de trabajador del practicante, debido a que los estudiantes se encuentran registrados bajo una “modalidad de aprendizaje” de acuerdo a Ley especial No. 28518.

Sin embargo, en caso de que dicha norma no sea cumplida a totalidad, queda establecido que el vínculo es laboral y no de formación. “Las modalidades laborales están ligadas al derecho del trabajo, porque si no se cumplen ciertos aspectos mínimos que establece la ley, vamos a tener presente que habría una relación laboral”, indicó el especialista.

Otro de los aspectos que está continuamente en debate es la cantidad de horas que trabaja un practicante. Si bien la ley establece que son 30 horas de prácticas formativas, “hay estudios que creen que el practicante es cama adentro”, dijo Saco.

Por esa razón es que debe dejar de considerársele al practicante como un objeto de explotación. “Un practicante es ante todo un profesional en formación, no es mano de obra barata”, añadió.

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